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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

México

Morena lanza convocatoria para coordinaciones distritales federales

Morena lanza convocatoria para coordinaciones distritales federales

El Comité Ejecutivo Nacional de Morena ha publicado una convocatoria para el proceso interno de selección de las Coordinaciones Distritales Federales de Defensa de la Transformación y la Soberanía Nacional. Este anuncio fue realizado a través de la Comisión Nacional de Elecciones del partido y establece las bases, etapas y reglas para la elección de los representantes en los 300 distritos federales que conforman el país.

El registro de aspirantes se llevará a cabo del 1 al 4 de octubre de manera exclusiva en línea, utilizando la plataforma habilitada para este proceso interno. Para aquellos que enfrenten dificultades técnicas durante su inscripción, Morena ha dispuesto una mesa de apoyo presencial, con el objetivo de facilitar el registro y resolver cualquier inconveniente que pueda surgir.

Las coordinaciones distritales tendrán como principal función fortalecer la organización territorial del movimiento, así como impulsar la integración y consolidación de las estructuras en los distritos federales. Esto es parte de la estrategia del partido para cumplir con los objetivos y lineamientos organizativos establecidos por el Comité Ejecutivo Nacional y otros órganos partidistas.

La convocatoria especifica que los aspirantes a estas coordinaciones deben demostrar un fuerte compromiso con las causas del partido, así como experiencia en trabajo político y disponibilidad para participar activamente en las tareas de organización interna. Este proceso es fundamental para que Morena ordene su estructura territorial de cara a los próximos procesos electorales, mediante la designación de figuras de coordinación en las demarcaciones federales.

La dirigencia nacional de Morena ha reafirmado su compromiso de continuar trabajando en la organización con la militancia, en torno a su proyecto político y bajo los principios internos del partido. El registro de aspirantes deberá realizarse en la plataforma oficial indicada por Morena durante el periodo establecido en la convocatoria.

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