México
Aprueban nueva Ley de la Guardia Nacional: será fuerza permanente bajo control de la Sedena
Ciudad de México.– Con una mayoría calificada en la Cámara de Diputados, el Congreso aprobó este martes una nueva Ley de la Guardia Nacional que consolida el carácter permanente, militar y federal de esta fuerza de seguridad pública. El dictamen fue avalado en lo general con 349 votos a favor y 132 en contra, y en lo particular con 351 a favor y 124 en contra. La iniciativa fue presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum y será enviada al Senado para su revisión constitucional.
La nueva ley abroga el ordenamiento vigente desde mayo de 2019 y se alinea con la reforma constitucional del 30 de septiembre de 2024. Establece que la Guardia Nacional dependerá orgánicamente de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), aunque su función principal seguirá siendo la seguridad pública, en coordinación con autoridades estatales y municipales, de acuerdo con los convenios que se celebren.
La legislación, compuesta por 96 artículos distribuidos en siete títulos, modifica además diversas normas del marco legal castrense, incluyendo las leyes Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea, de Educación Militar, de Ascensos y Recompensas, de Disciplina, del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas, y los códigos de Justicia Militar y de Procedimientos Penales.
El texto establece que la Guardia Nacional podrá contar con personal militar, de la Fuerza Aérea y con elementos civiles de confianza, y que el titular de la Defensa será el responsable directo de su organización, equipamiento, formación, administración y desarrollo. El mando operativo estará a cargo de un comandante con el grado de General de División, nombrado directamente por la Presidencia de la República.
Entre sus principales funciones se encuentra la prevención del delito, el restablecimiento del orden y la paz social, la recolección de información en espacios públicos, así como tareas de inteligencia e investigación en el ámbito de la seguridad pública. Sin embargo, el texto advierte que “los datos obtenidos con afectación a los derechos humanos carecerán de todo valor probatorio”, en un intento por blindar la operación frente a posibles abusos.
La nueva legislación subraya que la actuación de la Guardia Nacional deberá regirse por el respeto irrestricto a los derechos humanos, tanto los consagrados en la Constitución como en los tratados internacionales firmados por el Estado mexicano.
Aunque el dictamen fue respaldado ampliamente por la mayoría oficialista, legisladores de oposición criticaron que la reforma representa una “militarización permanente” de la seguridad pública y advirtieron riesgos de concentración de poder en las Fuerzas Armadas. No obstante, el bloque mayoritario defendió que la medida responde a la necesidad de dotar al país de una fuerza eficaz, disciplinada y con mando unificado para hacer frente a los niveles de violencia e inseguridad.
Con esta decisión, la Guardia Nacional da un paso definitivo hacia su consolidación como una fuerza militarizada, bajo control operativo y administrativo de la Sedena, cerrando el modelo híbrido civil-militar que fue originalmente planteado en su creación en 2019.
México
Corte ordena a Chihuahua legislar contra injerencia extranjera en elecciones
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió este martes una orden al Congreso del Estado de Chihuahua para que legisle en contra de la injerencia extranjera en las elecciones estatales. Esta decisión se deriva de la conclusión de que el Congreso omitió incluir en su reforma electoral del 30 de junio una causal de nulidad que establece la Constitución federal, la cual debe ser considerada cuando la intervención externa influya en los resultados electorales.
El fallo fue aprobado por unanimidad y se produce en un contexto donde la gobernadora de Chihuahua, María Eugenia Campos Galván, del Partido Acción Nacional (PAN), fue acusada en mayo por el partido Morena de presunta “traición a la patria” debido a la participación de agentes de la Agencia Central de Inteligencia (CIA) de Estados Unidos en operaciones de seguridad en el estado.
Sin embargo, la adecuación legislativa que deberá realizar el Congreso local no podrá aplicarse al proceso electoral que comenzará el próximo 1 de octubre, ya que la Constitución establece que las modificaciones electorales fundamentales deben ser publicadas al menos 90 días antes del inicio del proceso electoral en el que se pretende aplicar. Por lo tanto, las nuevas disposiciones solo podrán entrar en vigor en el siguiente proceso electoral.
La resolución del Pleno de la SCJN se basa en un proyecto presentado por la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, quien abordó cuatro acciones de inconstitucionalidad —96/2026 y sus acumuladas 97, 99 y 103— que fueron promovidas en contra de la reforma del 30 de junio a la Constitución de Chihuahua, la Ley Electoral y el Código Municipal del estado.
La ministra Herrerías Guerra explicó que el proyecto propone declarar fundados los agravios relacionados con la omisión legislativa, dado que el Congreso local sí legisló sobre infracciones, sanciones y nulidades vinculadas con violencia, delincuencia e influencia indebida. Sin embargo, no se logró armonizar de manera integral el régimen local con la nueva causa constitucional de nulidad.
Además, el fallo también identificó una omisión legislativa en materia de nepotismo electoral, a sugerencia de algunos ministros, aunque el proyecto original había concluido en sentido contrario. Esta adecuación tampoco tendrá efectos en el proceso electoral 2026-2027.
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