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México

Crea Gobierno Federal cinco gabinetes especializados

El Presidente de México, Enrique Peña Nieto anunció la creación de cinco gabinetes especializados.

De acuerdo a una publicación de este lunes del Diario Oficial de la Federación, los gabinetes federales serán “México en paz”, “México Incluyente”, “México con educación de calidad”, “México prospero”, y “México con responsabilidad global”.

Cada grupo de trabajo será coordinado por una secretaría de Estado, la cual nombrará a un secretario técnico del mismo.

A continuación, te presentamos la lista de dependencias que integran cada gabinete:

Gabinete especializado “México en paz”

• Secretaría de Gobernación (coordinadora)
• Secretaría de Relaciones Exteriores
• Secretaría de la Defensa Nacional
• Secretaría de Marina
• Secretaría de Hacienda y Crédito Público
• Secretaría de la Función Pública
• Procuraduría General de la República
• Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
• Oficina de la Presidencia de la República
• Comisionado Nacional de Seguridad
• Centro de Investigación y Seguridad Nacional

Gabinete especializado “México incluyente”

• Secretaría de Desarrollo Social (coordinadora)
• Secretaría de Gobernación
• Secretaría de Relaciones Exteriores
• Secretaría de Hacienda y Crédito Público
• Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
• Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
• Secretaría de Comunicaciones y Transportes
• Secretaría de Educación Pública
• Secretaría de Salud
• Secretaría del Trabajo y Previsión Social
• Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
• Oficina de la Presidencia de la República
• Instituto Mexicano del Seguro Social
• Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
• Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
• Comisión Nacional del Agua
• Consejo Nacional para la Cultura y las Artes,
• Instituto Nacional de las Mujeres

Gabinete especializado “México con educación de calidad”

• Secretaría de Educación Pública (coordinadora)
• Secretaría de Gobernación
• Secretaría de Relaciones Exteriores
• Secretaría de Hacienda y Crédito Público
• Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
• Secretaría de Salud
• Secretaría del Trabajo y Previsión Social
• Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
• Oficina de la Presidencia de la República
• Consejo Nacional de Fomento Educativo
• Consejo Nacional para la Cultura y las Artes
• Fondo de Cultura Económica
• Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología

Gabinete especializado “México próspero”

• Secretaría de Hacienda y Crédito Público (coordinadora)
• Secretaría de Gobernación
• Secretaría de Relaciones Exteriores
• Secretaría de Desarrollo Social
• Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
• Secretaría de Energía
• Secretaría de Economía
• Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
• Secretaría de Comunicaciones y Transportes
• Secretaría de la Función Pública
• Secretaría de Salud
• Secretaría del Trabajo y Previsión Social
• Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
• Secretaría de Turismo;
• Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
• Oficina de la Presidencia de la República
• Petróleos Mexicanos
• Comisión Federal de Electricidad
• Instituto Mexicano del Seguro Social
• Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
• Comisión Nacional del Agua
• Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología

Gabinete especializado “México con responsabilidad global”

• Secretaría de Relaciones Exteriores (coordinadora)
• Secretaría de Gobernación
• Secretaría de Hacienda y Crédito Público
• Secretaría de la Defensa Nacional
• Secretaría de Marina
• Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
• Secretaría de Energía
• Secretaría de Economía
• Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
• Secretaría de Comunicaciones y Transportes
• Secretaría de Educación Pública
• Secretaría de Salud
• Secretaría de Turismo
• Procuraduría General de la República
• Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
• Oficina de la Presidencia de la República
• Instituto Nacional de Migración
• Consejo Nacional para la Cultura y las Artes

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México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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