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Chihuahua

Abre Ichijuv convocatoria para el Premio Estatal de la Juventud 2026

Abre Ichijuv convocatoria para el Premio Estatal de la Juventud 2026

El Instituto Chihuahuense de la Juventud (Ichijuv) ha iniciado el registro para el Premio Estatal de la Juventud 2026, que busca reconocer a jóvenes destacados de la entidad en diversas áreas, incluyendo el ámbito académico, deportivo, el ingenio emprendedor, la inclusión social y la protección ambiental. Este galardón está destinado a jóvenes de entre 12 y 29 años que sean originarios del estado de Chihuahua y que hayan demostrado una trayectoria sobresaliente en alguna de las siete categorías disponibles: Actividades Académicas, Expresiones Artísticas y Artes Populares, Labor Altruista y/o Comunitaria, Inclusión Social, Protección del Medio Ambiente, Ingenio Emprendedor, y Fomento y Logros Deportivos.

La participación puede ser individual o en equipo, y cada aspirante tiene la opción de postularse en una sola distinción. Es importante señalar que aquellos que hayan recibido el Premio Estatal de la Juventud en ediciones anteriores no podrán volver a participar.

Fernanda Martínez, directora general del Ichijuv, enfatizó que este premio proporciona un espacio de reconocimiento a las juventudes que contribuyen positivamente desde sus comunidades. Además, destacó que el certamen permite compartir y visibilizar las historias de los jóvenes chihuahuenses.

Para cada una de las siete distinciones, se conformará un jurado calificador compuesto por especialistas que evaluarán las postulaciones y seleccionarán a un ganador, así como hasta dos menciones honoríficas. Los ganadores recibirán un estímulo económico de 30 mil pesos y tendrán la oportunidad de participar en una actividad o evento junto con el Ichijuv, donde compartirán su experiencia con otras juventudes de la región, en un plazo de seis meses después de la ceremonia de premiación.

Los interesados en participar deberán completar un formato de inscripción y presentar cartas de exposición de motivos, recomendaciones o autopostulación, así como documentación personal y evidencias que respalden su trayectoria. Para los menores de edad, será necesaria la autorización de un padre, madre o tutor.

La convocatoria está abierta desde el 22 de septiembre y cerrará el 16 de octubre de 2026. Las bases completas y el formulario de registro están disponibles en las redes sociales oficiales del Instituto Chihuahuense de la Juventud.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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