Chihuahua
Abre Poder Judicial convocatoria para elegir jueces en material civil y familiar
La Comisión de Administración del Supremo Tribunal de Justicia, abrió la Convocatoria del Concurso Interno de oposición para la selección y nombramiento de jueces de primera instancia para operar la Reforma Procesal Civil y Familiar, dirigida a las ciudadanas y ciudadanos que laboren en el Poder Judicial del Estado de Chihuahua y que cumplan con los requisitos que establece el artículo 111 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, para la selección y nombramiento de jueces de primera instancia que operarán dicha reforma aprobada el pasado 17 de julio del 2014.
La Comisión de Administración del Supremo Tribunal de Justicia, abrió la Convocatoria del Concurso Interno de oposición para la selección y nombramiento de jueces de primera instancia para operar la Reforma Procesal Civil y Familiar, dirigida a las ciudadanas y ciudadanos que laboren en el Poder Judicial del Estado de Chihuahua y que cumplan con los requisitos que establece el artículo 111 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, para la selección y nombramiento de jueces de primera instancia que operarán dicha reforma aprobada el pasado 17 de julio del 2014.
La Comisión de Administración del Supremo Tribunal de Justicia, abrió la Convocatoria del Concurso Interno de oposición para la selección y nombramiento de jueces de primera instancia para operar la Reforma Procesal Civil y Familiar, dirigida a las ciudadanas y ciudadanos que laboren en el Poder Judicial del Estado de Chihuahua y que cumplan con los requisitos que establece el artículo 111 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, para la selección y nombramiento de jueces de primera instancia que operarán dicha reforma aprobada el pasado 17 de julio del 2014.
La inscripción está abierta del 13 al 17 de abril del 2015 en las sedes del Instituto de Formación y Actualización Judicial (INFORAJ), de la ciudad de Chihuahua; de Ciudad Juárez y de Hidalgo del Parral.
La convocatoria tiene como finalidad la designación de Jueces de Primera Instancia para los distritos judiciales siguientes: Abraham González, Benito Juárez, Camargo, Galeana, Hidalgo, Manuel Ojinaga y Morelos.
El órgano encargado de la selección y evaluación de aspirantes, de conformidad con lo acordado por la Comisión de Administración, será el Comité de Selección, integrado por el Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, 2 magistrados del ramo civil, el Secretario General del Tribunal quien lo será del Comité y tendrá fe pública además del Director del Instituto de Formación y Actualización Judicial.
Las etapas del procedimiento son:
1) Registro de aspirantes; 2) Verificación de requisitos; 3) Exámenes sicométrico y general de conocimientos; 4) Curso de especialización; 5) Examen práctico y entrevista por el Comité de Selección.
Sobre la Integración de la lista final de aspirantes, el Comité de Selección realizará el dictamen de evaluación.
El Pleno del Supremo Tribunal de Justicia designará a quienes fungirán como jueces civiles, familiares y mixtos, así como la adscripción correspondiente, por mayoría de votos de los magistrados presentes en sesión, a más tardar el 14 de agosto.
La Convocatoria fue publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua; la página web del Supremo Tribunal de Justicia; los estrados de la Secretaría General y de los tribunales; así como demás oficinas del Poder Judicial en el Estado.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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