Chihuahua
Acusan a Miguel Riggs de desacatar orden del TEE y no ofrecer disculpa por violencia política de género
La síndica municipal de Chihuahua, Olivia Franco, denunció que el regidor de Morena, Miguel Riggs, incumplió la resolución del Tribunal Estatal Electoral (TEE) que lo declaró responsable de ejercer violencia política en razón de género en su contra.
De acuerdo con el fallo, Riggs debía ofrecer una disculpa pública durante la siguiente sesión oficial de la Comisión de Hacienda y Planeación del Ayuntamiento, el mismo espacio donde ocurrieron los hechos. Sin embargo, durante la reunión celebrada el pasado viernes —a la que ambos asistieron— el regidor omitió cumplir con lo ordenado, incurriendo en desacato a la autoridad electoral.
Franco recordó que el incidente se originó en enero de este año. “En su momento esperaba una disculpa espontánea, pero al no recibirla, decidí iniciar el procedimiento legal correspondiente, que concluyó con una resolución firme”, explicó.
Además de la disculpa pública, el TEE ordenó la inscripción de Miguel Riggs en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, como parte de las medidas de reparación integral. También instruyó notificar el caso al Órgano Interno de Control del Municipio de Chihuahua y al Instituto Chihuahuense de las Mujeres, encargado de vigilar el cumplimiento de las medidas de protección en favor de la funcionaria.
El expediente, identificado como PES-062/2025, fue tramitado dentro de un procedimiento especial sancionador promovido por la síndica y resuelto en cumplimiento de una orden de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
El TEE reiteró en su resolución que las expresiones o conductas que atenten contra la dignidad de las mujeres en el ejercicio de sus cargos públicos constituyen violencia política de género y deben ser sancionadas conforme a la ley.
Hasta el momento, el regidor Miguel Riggs no ha emitido ninguna declaración pública respecto al fallo ni sobre su incumplimiento.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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