Chihuahua
Aeropuertos que opera grupo OMA deben pagar impuestos: Diputado
El diputado del grupo parlamentario de Acción Nacional Alfredo Chávez, presentó hoy en Sesión Ordinaria del Congreso una iniciativa con carácter de decreto para que el Congreso de la Unión reforme la Ley de Aeropuertos para aclarar que las actividades comerciales como locales, restaurantes, tiendas, entre otros, que no tienen que ver con el servicio público que brinda un aeropuerto sean sujetos a pagar impuestos como todo negocio en funciones.
“Las actividades comerciales y de servicios privados de cualquier tipo que se presten al interior de los predios de los aeropuertos no deben ser consideradas como servicios públicos y tendrán la obligación de contribuir de acuerdo a lo dispuesto en las leyes y reglamentos de los tres órdenes de gobierno”, señaló el diputado.
El legislador detalló que es necesario realizar cambios para que los municipios puedan cobrar dichos impuestos a diversos giros comerciales y de servicios que operan al interior de este tipo de instalaciones.
Chihuahua es solo un caso de los muchos que hay en el país con esta situación, ya que los aeropuertos justifican su incumplimiento argumentando que se encuentran en zona federal, estos locales deben de dejar de ser la excepción para no pagar impuestos, ya que afectan de forma severa las finanzas públicas, y, por ende, a la población de esos municipios.
Esta iniciativa es la exigencia de muchas otras que han evidenciado a lo largo de los años la dudosa actuación de estas concesiones, porque no pagan impuestos, no rinden cuentas y hacen negocios con estacionamientos, restaurantes, tiendas y demás giros comerciales que son ajenos al servicio público aeroportuario y que deben de contribuir sus impuestos como todos los demás negocios lo hacen.
El diputado Alfredo Chávez Madrid, señaló que el grupo aeroportuario OMA, tiene una deuda millonaria con el municipio y por ello es necesario que regularice su situación y se sume a los esfuerzos de todos los chihuahuenses que año con año pagan sus impuestos para el desarrollo de la ciudad.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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