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Chihuahua

Afirma Gobierno que no avaló juicio abreviado contra extesorero del PRI

El Gobierno de Chihuahua interpondrá un amparo en contra de la resolución dictada por un juez federal que absolvió al exsecretario estatal de Finanzas del PRI, Pedro Mauli Romero, de la reparación del daño causado al patrimonio del Estado por más de 78 millones de pesos.

Lo anterior, en virtud de que el Gobierno del Estado no otorgó su consentimiento para que se le realizara juicio abreviado y porque se desconoció al Estado de Chihuahua en su calidad de víctima directa del ilícito, al no condenar al acusado a la reparación del daño causado al patrimonio.

Al respecto, el Consejero Jurídico del Estado, Jorge Alberto Espinoza Cortés, informó que se presentará un juicio de amparo en contra de la determinación del juez federal que llevó la audiencia del caso.

En la causa penal 70/2018, el Juez de Control Federal en el estado de Chihuahua, negó el carácter de victima directa al Gobierno de Chihuahua, por lo que absolvió a Mauli Romero de reparar el daño por 78 millones 442 mil 916 pesos.

El consejero comentó que el exsecretario de Finanzas del PRI Estatal, aceptó haber recibido dinero del Gobierno de César Duarte primero por 14 millones 609 mil 583 pesos y luego por 63 millones 833 mil 33 pesos, que se obtuvieron a través de retenciones salariales a trabajadores estatales, lo que representa un delito electoral.

Informó que un día antes de la audiencia se presentó un escrito a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) donde expresamente el Gobierno de Chihuahua se oponía al Juicio Abreviado y solicitando que se tomara en cuenta la opinión del Estado en su carácter de víctima.

Por ello, se promoverá el amparo en contra de las determinaciones del Juez Federal, en donde se solicitará la anulación del procedimiento abreviado para que en su caso, se reponga todo el procedimiento hasta antes de la presente audiencia realizada y se condene a la reparación del daño en favor del Estado de Chihuahua.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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