Connect with us

Chihuahua

Ajusta IEE Presupuesto de Egresos

El Consejo Estatal Electoral del Instituto Estatal Electoral, durante su Primera Sesión Extraordinaria aprobó el ajuste al presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal del año 2017, en observancia al decreto del Congreso del Estado, reduciéndose el correspondiente a este Instituto en $51, 548,539.00 (Cincuenta y un millones quinientos cuarenta y ocho mil quinientos treinta y nueve 00/100 M.N.), sin considerar la partida correspondiente a financiamiento de partidos políticos.
Después de este ajuste, el presupuesto del Instituto Estatal Electoral para el ejercicio fiscal del año 2017, queda en $79,999,950.43 M.N. (Setenta y nueve millones novecientos noventa y nueve mil novecientos cincuenta pesos 43/100 M.N.) sin considerar el correspondiente al financiamiento de partidos políticos, el cual queda sin ninguna modificación a la cantidad proyectada en el acuerdo IEE/CE199/2016, siendo de $128,287,928.57 M.N. (ciento veintiocho millones doscientos ochenta y siete mil novecientos veintiocho pesos 57/100 M.N.)
De igual forma el Consejo Estatal estableció el monto máximo de financiamiento privado en la modalidad de aportaciones de militantes por cada partido político para el año 2017, la cantidad de $2,491,027.73 (Dos millones cuatrocientos noventa y un mil veintisiete pesos 73/100 M.N.).
También se aprobó la contratación de un seguro de gastos médicos mayores y accidentes para las servidoras y servidores públicos de dicho ente público y el inicio del procedimiento extraordinario de fiscalización complementario al ejercicio del año dos mil trece del Partido Revolucionario Institucional.
Asimismo declaró fundado el procedimiento sancionador ordinario, iniciado con motivo de la denuncia promovida por Sergio Meza de Anda contra el Partido Acción Nacional, por lo que se le impuso una sanción administrativa consistente en AMONESTACIÓN PÚBLICA.
Por último se declaro fundado el procedimiento disciplinario instaurado de oficio, contra: María Favela Gutiérrez, Consejera Presidenta; Gerardo Márquez Sias, Secretario; y Alba Lisset Guillen Lucero y Guillermo Escárcega Hernández, Consejera y Consejeros Electorales, de la Asamblea Municipal de Ignacio Zaragoza, por lo que se les impuso una sanción administrativa consistente en AMONESTACIÓN PÚBLICA.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

Continue Reading
Advertisement
Advertisement

Más visto