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Chihuahua

Analizarán políticas públicas para rescate y protección de lenguas indígenas

Este martes 28 y miércoles 29 realizarán las “Jornadas hacia una Política Lingüística del Estado de Chihuahua”, en el Mezaninne del H. Congreso del Estado, a partir de las 9:00 hrs.

 

La Secretaría de Educación, Cultura y Deporte y el Instituto Chihuahuense de la Cultura a través de su Departamento de Polítcas Culturales y la Unidad Regional de Culturas Populares, en coordinación con el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, realizarán los días martes 28 y miércoles 29 de febrero, en el Mezanine del H. Congreso del Estado de Chihuahua, a partir de las 9:00 horas, las “Jornadas hacia una Política Lingüística del Estado de Chihuahua”, para establecer las políticas públicas para rescate de las lenguas indígenas de los grupos étnicos originarios en la entidad.

Durante las “Jornadas hacia la construcción de una política lingüística de atención a los pueblos indígenas de Chihuahua” se efectuarán mesas de diálogo con los representantes de los cuatro pueblos indígenas originarios del estado de Chihuahua, a saber: Pimas, Guarijíos, Tepehuanos y Tarahumares. Se buca aportar elementos diagnósticos y propuestas que sirvan de base para el fortalecimiento de las lenguas maternas ante el peligro de extinción. Las conclusiones de estas mesas de trabajo serán presentadas ante representantes de las instituciones, con la finalidad de que sirvan de base para la construcción de mejores políticas públicas.

En el año de 1999 se estableció el Día Internacional de las Lenguas Indígenas. Según datos de la Organización de las Naciones Unidas, más del 50% de las 6,000 lenguas del mundo corren peligro de desaparecer. Por tanto resulta prioritario desarrollar políticas públicas para el rescate, promoción y difusión de las lenguas indígenas, para así fortalecer la riqueza cultural y lingüística en el estado de Chihuahua. Para ello es necesario avanzar en el diagnóstico y diseño de una política lingüística acorde a las tradiciones culturales de los pueblos indígenas del estado de Chihuahua.

En México el Instituto Nacional de las Lenguas Indígenas (INALI) calcula 68 lenguas maternas en nuestro país. Según el censo de población del año 2010, el 6% de la población habla una lengua indígena, siendo mayoría los hablantes de Náhuatl y Maya. En el estado de Chihuahua, el 4% de la población total habla una lengua indígena, siendo el Tarahumara o Rarámuri la que cuenta con mayor número de hablantes. Debido a los procesos migratorios existen en el estado de Chihuahua hablantes de 54 lenguas indígenas, como son Mixtecos, Mazahuas y Nahuátls (1,286 hablantes), número que rebasa a los grupos minoritarios de hablantes en la entidad, con 389 hablantes de Pima.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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