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México

Anuncia Calderón creación del Instituto Nacional de Geriatría

Con el propósito de enfrentar en mejores condiciones la transición demográfica que vive el país, el presidente Felipe Calderón anunció el decreto de creación del Instituto Nacional de Geriatría, que tendrá la tarea de desarrollar investigación sobre el envejecimiento de la población, formar recursos humanos especializadas en enfermedades de la tercera edad, y contribuir en el diseño de políticas públicas en la materia.

Con esta decisión, el Instituto de Geriatría, creado en 2008, ahora tendrá el carácter de nacional, y con ello también la autonomía jurídica, patrimonio propio y manejo de su presupuesto, a través de la figura de un organismo público descentralizado. Es decir, este nuevo ente se suma a la ya existente red de Institutos Nacionales, como el de Cardiología, Nutrición y Cancerología, entre otros.

Se informó que el Instituto se ubicará en sobre el Periférico Sur -en antiguas instalaciones que pertenecían a una institución de beneficencia pública-, pero que todavía falta unos 150 millones de pesos para terminar “detalles” de la obra física.

En el evento, realizado en la sede de la Secretaría de Salud, el presidente Calderón destacó los grandes avances que ha registrado el país en materia de salud y en la esperanza de vida de la población. Dijo que en 1950, por ejemplo, era de tan sólo 49 años, mientras que en 2010 alcanzó ya los 75 años.

Además, el último censo reveló que son 10 millones de personas mayores de 60 años, cifra que representa el 9 por ciento de la población total. Sin embargo, las estimaciones indican que para el año 2020 serán más de 14 millones de los adultos mayores, y para el 2029 más de 20 millones de mexicanos, y en 2040 se prevé que uno de cada cuatro mexicanos sea un adulto mayor.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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