Chihuahua
Aplicarán evaluación diagnóstica para ingresar a bachillerato el 10 de agosto
La Secretaría de Educación y Deporte (SEyD) informó que la fecha de aplicación de la evaluación diagnóstica para el ingreso a la educación media superior se iniciará de manera presencial el lunes 10 de agosto a las 8:00 horas (en el día y horario de su cita), para lo cual se sanitizarán los planteles, además de contar con filtros de revisión y acatar las medidas de higiene y sana distancia.
En rueda de prensa virtual, la subsecretaria de Educación Media Superior y Superior, Liliana Rojero Luévano, informó que se reagendó la fecha del examen del 3 de julio al 10 de agosto, con el propósito de acercarse a las disposiciones de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y atender las especificaciones de acuerdo al semáforo regional para reapertura de actividades.
La funcionaria indicó que las y los aspirantes deberán acudir al plantel puntualmente y bien alimentados en el horario que se les indicará por correo electrónico, además de portar en todo momento cubrebocas y llevar una botella de agua para hidratarse, ya que no se permitirá introducir alimentos.
Tampoco se permitirá el uso de celulares durante el periodo del examen, pero habrá personal del plantel que los auxiliará para comunicarse con su familia en caso de una emergencia; se recomienda tener a la mano protección para el sol (sombrilla, gorra, u otro objeto) y atender la señalización y la sana distancia.
Las y los jóvenes tendrán que presentar una identificación con fotografía (credencial de secundaria o pasaporte) y ficha impresa de la solicitud, llevar lápiz del No. 2, sacapuntas y goma, la duración máxima del examen es de tres horas y sólo podrá ingresar al plantel el o la aspirante.
Si tienen alguna discapacidad y requieren de apoyo de una persona, deberán notificarlo previamente, de igual manera, si las y los jóvenes presentan un problema de salud, no deberán presentarse al examen y se les reagendará la evaluación.
Se exhorta a los padres y madres de familia o tutores a no permanecer en las inmediaciones del plantel durante la aplicación del examen, para evitar aglomeraciones y guardar la sana distancia.
Para garantizar la salud de aspirantes y personal docente, todos los planteles serán debidamente desinfectados, siguiendo las indicaciones de la Secretaría de Salud, y contarán con los insumos necesarios para el lavado de manos.
Se instalarán filtros sanitarios en la entrada de los planteles para tomar la temperatura, contestar un cuestionario de síntomas del COVID-19 y aplicar gel antibacterial a todas y todos los solicitantes.
La subsecretaria resaltó que el personal docentes que atenderá a las y los aspirantes el día de la aplicación de la evaluación, ha sido debidamente capacitado por el Sector Salud, respecto a las recomendaciones preventivas del COVID-19.
Rojero Luévano señaló que estas medidas aplicarán para todos los planteles pertenecientes a los 13 subsistemas de educación media superior que operan en el estado de Chihuahua.
Agregó que en lo que respecta a los planteles de alta demanda se tendrán varios horarios para el examen e incluso podría aplicarse en varios días (11 y 12 de agosto), con la finalidad de atender la medida de 1.5 metros de distancia entre cada banca donde se realizará la prueba diagnóstica.
La publicación de resultados será el 24 de agosto y a partir de dicha fecha iniciará el proceso de inscripciones en las diferentes instituciones educativas.
La funcionaria invitó a las y los jóvenes a ingresar a la página electrónica: http://mediasuperior.chihuahuaedu.gob.mx/, en la cual se cuenta con la guía de estudios para el examen, así como un cuaderno de orientación educativa.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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