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Chihuahua

Cárcel a quien maltrate a los animales en Chihuahua

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De ahora en adelante,a quien cometa actos de maltrato o crueldad contra los animales, sera sancionado economicamente o podría llegar hasta la cárcel, esto fue decidido en sesión extraordinarial de Congreso Local.
La comisión de Ecología dictaminó las modificaciones a la ley, que consisten en agregar al Código Penal el nuevo titulo que denominaron como “ Delitos en contra de animales de compañía por actos de maltrato o crueldad”.

La multa económica podria llegar hasta los 12 mil pesos, a quien omita dolosamente prestar cuidados al animal de compañía, que sea de su propiedad y que ésta omisión ponga en peligro su salud.

En segundo término se impondrá de 250 salarios mínimos vigentes, es decir, alrededor de 15 mil pesos de multa y de tres meses a 1 año de prisión a quien dolosamente cometa actos de maltrato en contra de cualquier animal de compañía, causándole lesiones que pongan en peligro a la mascota.

Finalmente, establecen que darán de 6 meses a 2 años y multa de hasta doscientos cincuenta salarios (15 mil pesos aproximadamente) a quien intencionalmente cometa actos de maltrato en contra de algún animal de compañía provocándole la muerte.

“Este es gran paso en la política de defensa a los animales” dijo el diputado, César Díaz quién presentó el dictamen que aprobaron de forma unánime.

La tipificación es exclusiva para los que denominan “animal de compañía” y toma en cuenta la definición que dan en la Ley de Bienestar Animal de Chihuahua, la cual los define de la siguiente manera: “cualquiera que por sus características evolutivas y de comportamiento pueda convivir con el humano en ambiente doméstico”.

Los cambios al Código Penal entrarán en vigor cuando el poder ejecutivo los publique en el Periódico Oficial del Estado.

En el caso de las personas que quieran denunciar maltrato animal, cuando ya esté vigente deberán de acudir a la Fiscalía General (FGE) a interponer la denuncia correspondiente, como la mayoría de los delitos que persiguen por querella.

PERRITO

 

 

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Chihuahua

Inicia temporada de caza deportiva en el estado de Chihuahua

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– La actividad es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SDUE) anunció el inicio de la temporada de caza deportiva, en predios o ranchos registrados como Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA).

La actividad, también conocida como “turismo cinegético”, es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre para contribuir a la conservación de la fauna silvestre a través del aprovechamiento sustentable e impulsar el desarrollo económico en el sector rural.

Este ejercicio asentado legalmente en el territorio desde 1952, además promueve una reproducción y mejora en la genética, contribuye a la conservación de la fauna y proporciona experiencias a los cazadores

Desde 2005 se cuenta con un convenio de asunción de funciones en materia de vida silvestre, firmado con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), mediante el cual se descentralizaron 20 trámites que anteriormente atendía el Gobierno Federal.

Entre esos trámites se encuentra la solicitud de “Autorización de Aprovechamiento Extractivo de Ejemplares, Partes o Derivados”, actividad sustentada en el la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, misma que lo maneja y aplica como Aprovechamiento Extractivo.

Las especies de valor cinegético que se permite aprovechar en Chihuahua son: venado cola blanca, venado bura, coyote, puma o león de montaña, pecarí de collar, conejo, liebre, codorniz, guajolote silvestre, palomas, aves acuáticas migratorias como gansos, patos, gallaretas y grulla gris, además del jabalí europeo y borrego berberisco.

Para ser avalado el aprovechamiento, el interesado debe cumplir con requisitos precisos con base en el Reglamento de la Ley, que incluyen el contar con un predio registrado como UMA y tener un Plan de Manejo elaborado por un responsable técnico registrado, ante la Dirección General de Vida Silvestre.

En dicho Plan debe señalar qué especies va a aprovechar, solicitar la tasa de aprovechamiento con base en un censo de población de las especies de interés y que estas sean silvestres que se distribuyen de manera natural en el país.

Los interesados deben demostrar que las tasas solicitadas sean menores a la de renovación natural de las poblaciones sujetas a aprovechamiento, en el caso de ejemplares de especies silvestres en vida libre y que no tendrá efectos negativos sobre las poblaciones.

De acuerdo con el número de ejemplares autorizados, se realiza el pago de derechos en Recaudación de Rentas por el concepto de “cintillos de cobro cinegético”, que se fijará al animal aprovechado.

El “cintillo” es un sistema de marca foliado que contiene los datos de la UMA, número de registro, especie autorizada, número de posesión, municipio donde se ubica la UMA y temporada de aprovechamiento, para acreditar su legal procedencia.

A la fecha se cuenta con aproximadamente 250 UMA activas en la entidad, algunas de ellas brindan servicios cinegéticos desde el transporte aeropuertos- ranchos, cocineros, hospedaje, guías, trofeos y los trámites de exportación de las especies.

En el caso de la especie de Borrego Cimarrón, se cuenta con un Programa del Gobierno del Estado que se lleva a cabo en convenios con algunas UMA, con la finalidad de asegurar la correcta conservación y manejo de estos ejemplares.

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