Chihuahua
Arranca el Congreso Internacional de Molienda y Tecnología 2025
Con la participación de más de 300 expertos, investigadores, ingenieros y líderes empresariales del sector minero metalúrgico, dio inicio el Congreso Internacional de Molienda y Tecnología 2025 (IGTC por sus siglas en inglés), que se celebra los días 17 y 18 de julio en el Hotel Sheraton Soberano de la ciudad de Chihuahua.
El IGTC 2025 tiene como objetivo intercambiar conocimientos, presentar nuevas tecnologías y fortalecer el papel de la región en el ámbito global de la molienda, uno de los procesos más complejos, críticos y de mayor consumo energético dentro de la cadena productiva minera.
Durante el Congreso se abordarán temas como:
• Diseño y optimización de circuitos de trituración y molienda
• Innovación en equipos y medios de molienda
• Simulación, modelado y control de procesos
• Revestimientos de molinos y clasificación de partículas
• Educación e investigación en metalurgia aplicada
• Optimización de plantas de procesamiento de minerales
La elección de Chihuahua como sede obedece a su tradición minera, su infraestructura especializada y la presencia de universidades y centros de producción con enfoque metalúrgico, así como empresas de servicios técnicos que colocan a la región como un referente nacional e internacional en molienda.
El IGTC 2025 es organizado con el respaldo de la Sociedad de Minería, Metalurgia y Exploración (SME) y la empresa anfitriona PROESMMA, encabezada por el chihuahuense Carlos Dávila, quien actualmente funge como CEO de la compañía y presidente de la SME.
El evento fue inaugurado con la presencia de la directora de Minería de la Secretaría de Innovación y Desarrollo Económico (SIDE), Rocío Adela Flores Carrillo, quien destacó que este tipo de encuentros fortalecen al sector minero desde un enfoque técnico, académico y de sostenibilidad.
“Este encuentro representa un espacio sumamente valioso para el análisis técnico, la discusión especializada y, sobre todo, para la construcción de soluciones que respondan con innovación a los grandes retos que enfrenta la minería en la actualidad”, expresó.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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