Política
Carlos Torres sustituirá a Gabriel García al frente de la Coordinación de los Programas para el Desarrollo
El presidente, Andrés Manuel López Obrador, dio a conocer que Carlos Torres Rosas, quien se desempeñaba como secretario técnico de Presidencia, sustituirá a Gabriel García al frente de la Coordinación de los Programas para el Desarrollo.
Durante su conferencia mañanera de este viernes en Palacio Nacional, López Obrador aseguró que la salida de Gabriel García solamente obedece a “un relevo”.
“Lo va a sustituir quien me ha venido ayudando como secretario técnico de la Presidencia, Carlos Torres, y se va a fusionar la Secretaría Técnica de la Presidencia con la Coordinación de Atención a las Oficinas del Bienestar en los Estados, se hace una sola. Eso es todo”, señaló.
“Pues es un relevo, Gabriel García es un profesional con convicciones, precursor de este movimiento de transformación, viene con nosotros desde hace muchos años y es senador de la República”, aseguró.
Política
Sancionarán a empresas o dueños del vehículo que transporte más de los permitido
03 de noviembre de 2026. -La sanción aplicará también si la carga supera las dimensiones y capacidad.
El Congreso del Estado, reformó la Ley de Transporte del Estado de Chihuahua, en materia de peso, dimensiones y capacidad de los vehículos de autotransporte; esto luego del dictamen presentados por la Comisión de Obras, Servicios Públicos, y Desarrollo y Movilidad Urbana, a iniciativa de las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
La diputada Joceline Vega Vargas, presidente de la Comisión dictaminadora, expuso que la regulación en comento deberá aplicarse únicamente respecto de aquellos servicios, vehículos, vías y operaciones que se encuentren comprendidos dentro de la competencia normativa del Estado de Chihuahua, sin invadir el régimen jurídico aplicable al autotransporte federal.
“Con esta reforma se evita que la responsabilidad recaiga exclusivamente sobre el transportista cuando el sobrepeso se genera antes de que éste inicie el traslado; ahora se incorpora a: quienes contraten el servicio; propietarios de las instalaciones donde se carga; titulares de esas instalaciones; responsables de esas instalaciones y, además se establece que todos ellos sean “responsables directas y sujetas a sanción” cuando en esas instalaciones se incorpore exceso de peso.
La reforma al artículo 63 de dicha Ley, quedó de la siguiente manera:
Artículo 63. Las personas físicas o morales propietarias y/o titulares de las instalaciones en las cuales se realice la carga en exceso del producto y/o mercancías con fines de transporte por carretera, en vehículo sancionado por la Subsecretaria de Transporte; serán responsables directas y sancionadas por la acción de incorporar mayor peso del permitido según el vehículo de que se trate.
Se procederá a emitir las sanciones correspondientes cuando se detecte una unidad que exceda más de una tonelada, de la cantidad prevista en el Reglamento respectivo.
Lo anterior, con independencia de las sanciones que se haga acreedor el transportista por el traslado de exceso de peso.
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