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Chihuahua

Cerrados y sin presupuesto albergues para mujeres violentadas en el estado, denuncia diputada

La diputada del Partido Revolucionario Institucional, Ivón Salazar Morales, solicitó en el pleno del Congreso del Estado, que se atienda de manera urgente, la falta de personal en los albergues temporales o casas de transición de los Centros de Justicia para Mujeres (CEJUM) a fin de atender a las mujeres víctimas de violencia.

Los albergues temporales o casas de transición que se localizan en Chihuahua y Ciudad Juárez, requieren de suficientes recursos humanos, técnicos y financieros para aumentar su eficacia para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.

“Ambos se encuentran cerrados por falta “suficiencia presupuestaria” para la contratación del personal que los atiende, dejando a miles de mujeres desprotegidas que no tienen alternativa más que continuar viviendo el infierno de la violencia y llenas de miedo al seguir conviviendo con su agresor” lamentó la presidenta de la Comisión de Igualdad del Congreso del Estado.

Cabe mencionar que estos lugares, fungen como un refugio fuera del alcance de los agresores de mujeres, mismos que tienden a perseguirlas para continuar el conflicto aún después de una separación física y pese a haber sido denunciados por violencia.

Salazar Morales, argumentó que tan solo en el primer año de confinamiento por la pandemia derivada del COVID 19, los casos de violencia familiar en el Estado aumentaron en 100 por ciento, pasando de 10 mil casos en promedio en los años anteriores hasta 21 mil casos de violencia familiar registrados en el 2020.

“Resulta imperativo establecer una política multidisciplinaria que atienda cada una de las fortalezas que brindan los Centros, en una colaboración abierta e interinstitucional capaz de dar solución de fondo al problema de la falta de elementos y recursos necesarios para cumplir con su función, motivo por el cual, consideramos que es de urgente resolución, ya que al depender de cuestiones presupuestales, deben preverse para el presupuesto 2022” urgió la legisladora priista.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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