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Chihuahua

Colocarán busto en homenaje a Don Luis H. Álvarez Álvarez en el Parque Lerdo

La propuesta presentada por la alcaldesa de Chihuahua Maru Campos ante el Ayuntamiento de Chihuahua de colocar el busto dedicado a Don Luis H. Álvarez Álvarez en el Parque Lerdo como reconocimiento por su aporte para el desarrollo de la vida democrática del país, fue aprobada en Sesión Extraordinaria de Cabildo, por lo que este reconocimiento al exalcalde, se hará en el marco de su natalicio el 25 de octubre.

El dictamen fue presentado hoy por la presidenta de la Comisión de Desarrollo Urbano Adriana Diaz Negrete y puesto a votación del Pleno.

El parque Lerdo que es un lugar histórico en Chihuahua contará con esta figura de uno de los chihuahuenses más connotados a nivel nacional y local por su destacada participación política estatal y nacional, además de tener un significado para los chihuahuenses por la huelga de hambre que llevó a cabo por espacio de 40 días en el año de 1986 en protesta por el fraude electoral.

El estudio de factibilidad fue presentado por la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología a través de la Subdirección de Programación Urbana así como por el Departamento de Nomenclatura y Numeración Oficial, y en sesión pasada fue presentado esta propuesta de la Presidente municipal, dio a conocer la regidora Adriana Diaz Negrete presidenta de la Comisión de Desarrollo Urbano.

Antecedentes Don Luis H. Álvarez Álvarez
Nació en la ciudad de Camargo, Chihuahua el 25 de octubre de 1919 y falleció el 18 de mayo del 2016 a la edad de 96 años en León Guanajuato. Formó una familia con Blanca Margarita Magrassi Scagno y tuvieron dos hijos Estela y Luis Jorge; estudió medicina y se graduó en Administración de Empresas por la Universidad de Texas en Austin.
Por algunos años se dedicó a la agricultura y posteriormente a la industria textil.

Don Luis fue reconocido como impulsor de la transformación democrática en México en 1953. Fue miembro del Comité Pro-Derechos Ciudadanos y de la Asociación Cívica de Ciudad Juárez, Chihuahua. También se desempeñó, durante dos periodos, como presidente de la Cámara Textil del Norte.

En 1956 la convención estatal del PAN en Chihuahua lo postuló como candidato a Gobernador de Chihuahua.
En 1983 fue elegido Presidente Municipal de Chihuahua siendo el primer alcalde de oposición en donde encabezó una férrea lucha por el Municipalismo denunciando la no entrega de recursos y participaciones legales del Gobierno estatal y federal.

En 1958, fue candidato a la Presidencia de la República frente a Adolfo López Mateos.

Los siguientes años se dedicó mayormente a las actividades empresariales, hasta iniciarse la década de los 80, cuando volvió a la actividad política. En 1982 fue candidato a Senador por Chihuahua en fórmula con Guillermo Prieto Luján.

Hacía 1983 fue elegido Presidente Municipal de Chihuahua, en los históricos comicios de 1983, siendo el primero de oposición. Desde ese cargo encabezó una lucha constante con los gobiernos estatal y federal, a los que acusaba de no entregarle recursos y participaciones legales. Estos hechos lo llevaron a una huelga de hambre de 40 días, en los que protestó además contra el fraude electoral llevado a cabo en las elecciones de 1986.

Al terminar su gestión al frente del partido, fue elegido Senador por Chihuahua de 1994 a 2000, periodo durante el cual fue miembro de la Comisión de Concordia y Pacificación en Chiapas, que estaba encargada de coadyuvar en las negociaciones de paz entre el Gobierno Federal y el Ejército Zapatista de Liberación Nacional.

El 27 de octubre de 2010 el Senado de México, en reconocimiento a su lucha en contra de las desigualdades del país, le otorgó la Medalla Belisario Domínguez.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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