Chihuahua
Conoce las reglas para cruzar la frontera; pondrán alfombra roja en outlets
El próximo lunes 8 de noviembre reabren la frontera de Estados Unidos para cruces no esenciales vía terrestre o marítima, y se emiten nuevos requisitos para los viajeros. Habrá un evento especial por la reapertura de los outlets El Paso con un concierto en vivo y varios descuentos en tiendas.
Caleb Ordoñez Talavera
Por primera vez desde marzo de 2020, los viajeros no ciudadanos podrán ingresar a los Estados Unidos a través de una frontera terrestre o una terminalmarítima por una razón no esencial, es decir turismo.
Un dato interesante es que las grandes sucursales de marcas de ropa y accesorios de precios bajos llamados “outlets” hicieron una gran remodelación en El Paso Texas para recibir, incluso con una alfombra roja a los compradores provenientes del Estado de Chihuahua que comúnmente acudían a dichas tiendas.
Pero siempre que estén completamente vacunados y puedan presentar prueba de vacunación contra el Covid-19, informó el Departamento de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP, por sus siglas en inglés).
No vacunados sí pueden cruzar por ahora
Los viajeros no vacunados pueden, por ahora, continuar cruzando la frontera para viajes esenciales, incluido el comercio legal, la respuesta de emergencia y con fines de salud pública.
Pero a partir de enero de 2022 todos los viajeros no ciudadanos deberá presentar comprobante de vacunación contra el Covid-19, que cumpla con los lineamientos de los Centros de Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).
Requisitos para cruzar a Estados Unidos:
A medida que los viajes comiencen a reanudarse, se espera que aumenten los volúmenes de viajes y los tiempos de espera.
Los recursos a continuación están destinados a preparar a los viajeros y equiparlos con la información que necesitan para mejorar su experiencia de viajetransfronterizo.
Te puede interesar: Reglas para cruzar la frontera
- Los viajeros deben planificar tiempos de espera más largos de lo normal y largas filas en los cruces fronterizos terrestres de los Estados Unidos; al planificar su viaje y se les recuerda que tengan paciencia.
- Para ayudar a reducir los tiempos de espera y las largas filas, los viajeros pueden aprovechar la tecnología como la biometría facial y la aplicación móvil CBP OneTM, que sirve como un portal único para que las personas accedan a las aplicaciones y servicios móviles de CBP.
- A los viajeros no ciudadanos completamente vacunados con la documentación adecuada se les permitirá ingresar a los EstadosUnidos para viajes no esenciales a partir del 8 de noviembre de 2021.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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