Chihuahua
Defensa busca huecos para “tumbar” extradición del exgobernador
Con el objetivo de “tumbar” el proceso de extradición que se le sigue al exgobernador César Horacio D. J., el abogado Juan Mendoza refirió que en próximos días buscará la figura internación llamada “foránea internacional”, con la cual pretenden terminar con el proceso de extradición, al obtener nuevas pruebas y evidencia de violaciones al debido proceso, así como irregularidades al conformar la investigación en su contra.

Lo anterior lo dio a conocer después de que el miércoles 4 de agosto, la jueza de control Delia Valentina Jiménez resolviera entregar la carpeta de investigación al abogado de César Horacio, Juan Mendoza, en un periodo de siete días, para conocer toda la información que se concentra en la misma, ya que hasta el momento no ha podido elaborar una adecuada defensa por el desconocimiento de la misma.

Con esta resolución, junto con la sentencia que hicimos llegar, un informe justificado de un juicio de extensión de dominio, donde a Duarte le buscan privar de dominio de 10 predios sin haberlo llamado a juicio y todas las violaciones, todo abonará a que la autoridad norteamericana reciba la figura de la foránea internacional con el ánimo de generar una audiencia nueva”, explicó el abogado.
Dijo que esta figura internación se puede dar por un hecho “superviniente” una prueba que son documentales públicas, que son una prueba que viola el debido proceso, lo cual no es sólo del derecho mexicano, sino que se encuentra configurado en el derecho anglosajón en Estado Unidos, expuesto en la Quinta Enmienda y la Décima Catorceava Enmienda.
La causa penal conocida como 3041/2019 fue la que generó que la Secretaría de Relaciones Exteriores pudiera generar la solicitud de extradición del exmandatario, quien luego de más de un año de haber sido detenido, no ha tenido acceso a esa investigación que desarrolló su captura y la cual estará en manos del abogado en Chihuahua para conocer o detectar las irregularidades que existieron en el debido proceso.
Por su parte, explicó que él no puede ejercer la defensa del exgobernador por la reglamentación en Estados Unidos, pero que están en constante comunicación con sus abogados en Florida, para armar la adecuada defensa y próximamente enviar más información cuando pueda tener la copia de la carpeta la próxima semana.
En el caso de la extradición, dijo que no hay una fecha límite para resolver, sin embargo, dijo que los Estados Unidos considera que una persona no puede estar detenida sin poder fincarle cargos, por lo que la petición de detención provisional también lleva a las autoridades norteamericanas de tener la resolución lo más pronto posible, “se les va complicar, no tendremos que ser grandes juristas para entender que el tema va más allá de lo jurídico, tiene sus tintes políticos, pero no nos toca emitir ninguna opinión”.
Comentó que tanto César Horacio como sus abogados habían solicitado desde 2019 el acceso a la carpeta de investigación, luego de que la jueza Alejandra Ramos librara una orden de aprehensión el 8 de octubre, y que de acuerdo con derecho es cuando el presunto responsable puede tener acceso a la carpeta de investigación.
“El artículo 218 en párrafo tercero nos marca tres supuestos bajo los cuales el ministerio público ya no puede reservarse los registros de una carpeta, uno de ellos cuando exista un acto de molestia, otro cuando esté detenido, y otro cuando haya sido citado para entrevista. Pero a pesar de ello, no habían entregado información al respecto y el día miércoles la jueza de control hace valer nuestro derecho que fundamentamos, de que César había sido sujeto de acto de molestia, por una orden de aprehensión girada en su contra”, explicó.
Dijo que el 11 de agosto fue el día que acordaron para recogerla en la Fiscalía General del Estado, pero consideró que será complicado porque vieron una nula disposición, “evidentemente si no han querido dar la carpeta es porque hay muchas irregularidades, se tomarán la molestia de hacer adecuaciones y cambio de oficios, probablemente serán alteradas para que no tengamos un acceso a las carpetas, seguramente batallaremos en las mismas consecuencias”.
El abogado y representante del exgobernador dijo que la entrega será trascendental para el tema de la extradición, toda vez que advierte existe violación al debido proceso y por lo cual quedaría “viciado” el proceso de extradición desde su origen, y por lo tanto podría quedar invalidado.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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