Revista
Derechos de los pasajeros sobre la selección de asiento en vuelos
Las aerolíneas comerciales en México han modificado sus modelos de negocio en los últimos años, fragmentando los costos de sus servicios. Actualmente, ofrecen tarifas básicas que permiten a los clientes elegir entre pagar por beneficios adicionales, siendo la selección de asiento uno de los cargos más comunes durante el proceso de compra digital.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) regula estas prácticas comerciales en el país, permitiendo a las aerolíneas ofrecer este servicio de manera independiente. La normativa establece que las aerolíneas no pueden condicionar la compra del boleto principal a la contratación de la selección de asiento, garantizando así que los pasajeros tengan la opción de adquirir su pasaje sin necesidad de pagar por este extra.
Al adquirir un pase de abordar a través de los portales oficiales de las aerolíneas, los pasajeros se enfrentan a múltiples pantallas de cobro que insisten en añadir cuotas adicionales, lo que puede generar dudas sobre la obligatoriedad de este pago. Sin embargo, si un pasajero decide no pagar por la selección de asiento, puede abordar el avión y viajar sin inconvenientes. En este caso, el cliente renuncia a la posibilidad de elegir su ubicación exacta dentro de la cabina de pasajeros.
La aerolínea se encarga de asignar un asiento de manera aleatoria al momento de generar el pase de abordar. Este proceso se realiza a través de un sistema automatizado que define la ubicación final del pasajero durante las horas previas al despegue, cuando se lleva a cabo el check-in obligatorio. Dependiendo de la disponibilidad, el algoritmo puede asignar al viajero un asiento en la ventanilla, en el pasillo o en una posición intermedia.
Empresas como Volaris han dejado claro en sus términos y condiciones que toda persona que documente su equipaje tiene garantizado un lugar en su pase de abordar, independientemente de si ha pagado o no por la selección de asiento. Esta regulación y claridad en los términos permiten a los pasajeros tomar decisiones informadas al momento de adquirir sus boletos de avión.
Revista
Inés Gómez Mont podría enfrentar años de cárcel por delitos en México
Inés Gómez Mont fue detenida el pasado 30 de octubre en Estados Unidos por autoridades migratorias, lo que ha llevado a la Fiscalía General de la República (FGR) a detallar que, en caso de ser deportada, enfrentaría tres órdenes de aprehensión vigentes en México. La fiscal Ernestina Godoy, en un video, explicó que los delitos que se le imputan son delincuencia organizada, operaciones con recursos de procedencia ilícita y defraudación fiscal equiparada.
La legislación mexicana establece diversas penas para estos delitos. Según el artículo 4 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, las condenas varían dependiendo de las funciones de la persona dentro de la organización delictiva. En cuanto a la defraudación fiscal equiparada, el artículo 109 del Código Fiscal de la Federación establece que las penas son equivalentes a las de la defraudación fiscal, que se encuentran en el artículo 108. Si no se puede determinar la cantidad defraudada, la pena oscila entre tres meses y seis años de prisión.
A pesar de las posibles condenas, la duración de la pena que podría enfrentar Gómez Mont dependerá de su culpabilidad y grado de participación en los delitos. Actualmente, no se puede establecer con certeza la condena total, ya que solo existen órdenes de aprehensión y la exconductora mantiene su presunción de inocencia.
La situación de Inés Gómez Mont continúa en desarrollo, y se espera que en los próximos días se definan los pasos legales a seguir en su caso.
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