Chihuahua
Designa IEE a las y los integrantes de las 67 asambleas municipales
El Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral (IEE), designó a las y los integrantes de las 67 asambleas municipales, quienes conducirán, en sus respectivos municipios, los trabajos del Proceso Electoral 2020-2021.
Serán 837 funcionarias y funcionarios electorales nuevos, que integrarán las 67 asambleas municipales; de los cuales 323 son hombres y 514 mujeres. Asimismo, 422 son propietarios/as y 416 suplentes. En cuanto a la distribución de cargos, 33 mujeres serán presidentas y 34 hombres presidentes de asamblea; 48 mujeres secretarias y 19 hombres secretarios de asamblea municipal.
El consejero electoral Gilberto Sánchez Esparza, presidente de la Comisión Temporal de Seguimiento a la Selección de Presidentes, Presidentas, Secretarios, Secretarias, Consejeros y Consejeras de las Asambleas Municipales, destacó lo inédito que fue llevar a cabo el proceso de selección e integración de las asambleas municipales por la emergencia sanitaria del COVID 19, ya que la mayoría de las entrevistas fueron realizadas en modalidad remota, salvo algunos casos que se encontraban en el régimen de excepción.
Durante la 36ª Sesión Extraordinaria del Consejo Estatal del IEE, Sánchez Esparza compartió los datos estadísticos del proceso de selección. En total, se recibieron 1,611 solicitudes, de las cuales 1,495 pasaron a la etapa de entrevistas, y se presentaron 1,463 personas: 886 mujeres y 577 hombres.
En lo que se refiere a la población joven, en la convocatoria participaron 508 personas menores de 29 años, de las cuales 332 son mujeres y 176 hombres. De este total, 13 quedaron a cargo de presidencias, 20 de secretarías de asamblea, 83 consejerías y 147 suplencias.
En la conformación de los órganos electorales municipales participan nueve personas pertenecientes a la etnia indígena Tarahumara, de las cuales son 2 hombres y 7 mujeres; así como 8 personas que manifestaron tener algún tipo de discapacidad: 7 hombres y 1 mujer.
Por su parte, la consejera presidenta Claudia Arlett Espino felicitó al consejero electoral Gilberto Sánchez por su conducción para la integración de las asambleas municipales, de igual forma a todo el Consejo Estatal y personal del IEE.
Espino envió un mensaje a la ciudadanía, señalando que la actuación del Consejo Estatal del IEE, como siempre lo ha hecho, ha sido neutral, equilibrada, con equidad e imparcialidad, siempre siguiendo los principios rectores del Instituto, para que el próximo 6 de junio todas y todos los chihuahuenses tengan la certeza de ejercer su derecho a votar.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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