Política
Deudas electorales alcanzan a jueces y magistrados en el Distrito Bravos
Entre las diez personas con mayor adeudo por multas derivadas del proceso de fiscalización de gastos de campaña se encuentran una jueza y una magistrada que actualmente desempeñan funciones en el Distrito Judicial Bravos, de acuerdo con registros oficiales de las autoridades electorales.
La jueza de Control del Tribunal Especializado en Narcomenudeo, Silvia Delgado García, encabeza la lista con el monto más alto pendiente de pago. Su adeudo asciende a 34 mil 960.26 pesos y permanece vigente desde agosto de 2025. Durante su campaña, la funcionaria fue señalada públicamente por haber representado legalmente a un presunto líder de una organización criminal trasnacional. El incumplimiento del pago quedó asentado en un acuerdo emitido el 16 de enero por la autoridad electoral estatal y en el apartado correspondiente de sanciones.
En los siguientes lugares se encuentran Ángel Gerardo Ontiveros Hinojos, Édgar Olivas Mariñelarena, Paola Lizeth Pérez Chávez y Óscar Jan Erntsson Hernández, con multas que oscilan entre los 18 mil 894 y los 23 mil 194 pesos.
En el sexto sitio figura la magistrada penal reelecta Ilian Yasel Iradiel Villanueva Pérez, quien mantiene un adeudo de 16 mil 065.88 pesos.
En la novena posición aparece Jesús Manuel Carrasco Chacón, exfiscal de Distrito Zona Norte hasta enero de 2023, cuando fue destituido. Carrasco Chacón buscó un cargo como juez penal fuera de Ciudad Juárez y tiene pendiente el pago de 13 mil 689.94 pesos, monto que fue reducido tras argumentar imposibilidad para cubrirlo en su totalidad.
En total, 435 personas candidatas dentro del proceso de elección judicial mantienen adeudos por multas. De ellas, 22 son actualmente jueces en el Distrito Judicial Bravos, entre quienes se encuentran, además de Delgado García, Rosa Amelia Bailón Payán, Lizbeth Marbella del Carmen Barraza Morales, Karen Arteaga Rivas, Raquel Carlos Ávila, Edith Castruita, Félix Guerra, Marco Calderón y Maribel Vega, principalmente en materia penal. En estos casos, los montos pendientes son menores, con cifras que van de los 566 a los mil 697 pesos.
Política
Sancionarán a empresas o dueños del vehículo que transporte más de los permitido
03 de noviembre de 2026. -La sanción aplicará también si la carga supera las dimensiones y capacidad.
El Congreso del Estado, reformó la Ley de Transporte del Estado de Chihuahua, en materia de peso, dimensiones y capacidad de los vehículos de autotransporte; esto luego del dictamen presentados por la Comisión de Obras, Servicios Públicos, y Desarrollo y Movilidad Urbana, a iniciativa de las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
La diputada Joceline Vega Vargas, presidente de la Comisión dictaminadora, expuso que la regulación en comento deberá aplicarse únicamente respecto de aquellos servicios, vehículos, vías y operaciones que se encuentren comprendidos dentro de la competencia normativa del Estado de Chihuahua, sin invadir el régimen jurídico aplicable al autotransporte federal.
“Con esta reforma se evita que la responsabilidad recaiga exclusivamente sobre el transportista cuando el sobrepeso se genera antes de que éste inicie el traslado; ahora se incorpora a: quienes contraten el servicio; propietarios de las instalaciones donde se carga; titulares de esas instalaciones; responsables de esas instalaciones y, además se establece que todos ellos sean “responsables directas y sujetas a sanción” cuando en esas instalaciones se incorpore exceso de peso.
La reforma al artículo 63 de dicha Ley, quedó de la siguiente manera:
Artículo 63. Las personas físicas o morales propietarias y/o titulares de las instalaciones en las cuales se realice la carga en exceso del producto y/o mercancías con fines de transporte por carretera, en vehículo sancionado por la Subsecretaria de Transporte; serán responsables directas y sancionadas por la acción de incorporar mayor peso del permitido según el vehículo de que se trate.
Se procederá a emitir las sanciones correspondientes cuando se detecte una unidad que exceda más de una tonelada, de la cantidad prevista en el Reglamento respectivo.
Lo anterior, con independencia de las sanciones que se haga acreedor el transportista por el traslado de exceso de peso.
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