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Chihuahua

Dictan a Rosalío 45 años de cárcel por homicidio de “Rafita”

Resultado de una sólida y robusta investigación que efectuó
la Fiscalía de Distrito Zona Norte, se logró un castigo ejemplar de 45 años de
cárcel en contra de Rosalío Soledad Morales, por el homicidio del niño
“Rafita”, esta autoridad fehacientemente comprobó su responsabilidad penal
en el delito.
El sentenciado es responsable de cometer el crimen en perjuicio de David
Rafael Santillán Vargas de 6 años de edad, quien fue localizado abandonado
dentro de una bolsa de plástico en un lote baldío el 13 de agosto del 2018.
Los agentes del Ministerio Público, Investigadores y de Servicios Periciales,
obtuvieron las evidencias irrefutables recabadas por medio de la técnica
Bluestar Forense, la cual señaló los rastros de sangre que se intentó borrar por
el agresor.
Además, con testimoniales, documentos y otros dictámenes periciales se
demostró ante el Tribunal Oral que Soledad Morales asesinó a golpes al
menor, quien falleció por un traumatismo craneoencefálico.

El hecho ocurrió al interior de un domicilio que se encuentra sobre la calle
Playa San Carlos número 9960-14, de la colonia Praderas del Pacífico, donde
permaneció sin vida dentro de un closet por varios días, sin embargo al iniciar
a despedir el cuerpo olores fétidos, el agresor llevó el cadáver a tirar a cerca
del fraccionamiento Villa Colonial.
La madre del pequeño interpuso un reporte de desaparición en la Unidad de
Personas Ausentes y/o Extraviadas, el 08 de agosto, fecha que iniciaron los
operativos de búsqueda en los que se realizaron cateos a domicilios.
Esta representación social esclareció científicamente el lamentable deceso con
la detención y fallo condenatorio del culpable que recibió una sanción
elevada.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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