Chihuahua
Diputados de Morena rechazan Mesa Directiva
Chihuahua, Chih, a 25 de agosto de 2022. La fracción parlamentaria de Morena sostuvo su postura, por congruencia y ética partidista, al rechazar la imposición que realizó la mayoría de diputados del PAN, PRI, MC y PT, quienes violentaron el derecho de autonomía de la bancada morenista para proponer la titularidad de la presidencia de la mesa directiva para el segundo periodo de la legislatura.
El nombramiento es una falta de respeto a la bancada y al consenso que se realizó al interior de la misma, además de una violación al proceso legislativo para la designación del presidente de la bancada, y por ello los diputados morenistas se ausentaron de la junta previa en el pleno, donde se votó una mesa directiva sin el consenso de Morena.
Ante la consigna que se impuso por mayoría, el incumplimiento al acuerdo inicial para que Morena decidiera sobre su propuesta y la exclusión discriminatoria que se realizó en la figura del diputado Benjamín Carrera Chávez, el coordinador de la bancada votó en contra de la mesa directiva en la Junta de Coordinación Política.
La representación de Morena en el Congreso del Estado, mantiene una postura de definición al acuerdo interno de la bancada, rechaza la imposición que el grupo mayoritario y sus aliados realizaron para bloquear y luego imponer ante los diputados morenistas.
El diputado rechazó que justifiquen su veto con argumentos de exclusión y sin fundamentos establecidos para calificar y catalogar a los diputados, al negar su derecho a aspirar a la presidencia.
Agregó también que el nombramiento se excluye a los ciudadanos que votaron por el diputado Carrera y son su representación al interior del congreso.
“Los 33 diputados son capaces de presidir la mesa directiva, no debemos descalificar, ni etiquetar, ni catalogar, porque los descalificamos y no nomás al diputado, sino a la población, a los electores que los pusieron como representantes y que determinaron que este congreso sea plural, no con una sola visión, porque no es una sola visión el electorado”.
Fuente: Todo Es Política
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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