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Chihuahua

Emite PRI su tercera convocatoria para la renovación de 7 Comités Municipales

El Partido Revolucionario Institucional, que presiden Omar Bazán Flores como Presidente y Georgina Zapata como Secretaria General, a través de la Secretaria de Organización, emitió este día la tercera convocatoria correspondiente a la renovación de los comités municipales.
El Profesor Rubén Núñez Hernández, Secretario de Organización del Comité Directivo Estatal, explicó que en este paquete se abre la convocatoria para 7 municipios, los cuales son Chihuahua, Meoqui, Ojinaga, Temosachi, Matachí, Gran Morelos y Riva Palacio.
Las instancias responsables de conducir la renovación de los comités son la Comisión Estatal de Procesos Internos y los Órganos Auxiliares Municipales quienes instalarán los registros de las fórmulas el próximo domingo 10 septiembre de 11 de la mañana hasta las 14:00 horas en cada Comité Municipal.
Cabe señalar que las fórmulas registradas tendrán que entregar un expediente que contiene entre algunos de los documentos los apoyos de los sectores y organizaciones, documentos que acrediten su militancia, su inscripción en el registro partidario, su residencia en el municipio, cartas de no antecedentes penales, su plan de trabajo, y documentos de apoyo de los comités seccionales y los consejeros políticos municipales.
El Secretario de Organización, recordó que durante las Sesiones Extraordinarias de los Consejos Políticos Municipales que se realizaron entre el 2 y el 8 de agosto se acordó lo siguiente:
· Determinado el Método de Asamblea de Consejeros Políticos, se acordó solicitar al Comité Directivo Estatal la sanción del método y la expedición de la convocatoria, pero además convinieron que el gasto de tope de campaña fuera del 3% del tope de gastos de campaña de 2016 por el INE.
Con estos 8 municipios, el Comité Directivo Estatal del PRI cuenta con 60 de 66 municipios en proceso de renovación.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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