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Chihuahua

Emite Secretaría de Salud recomendaciones ante casos de COVID-19 en esta temporada

– En los hospitales no se tiene registro de pacientes internados por complicaciones a causa de esta enfermedad

La Secretaría de Salud de Chihuahua informa sobre la situación actual de casos registrados por COVID-19 y exhorta la población, a practicar las medidas preventivas para reducir el riesgo de contagio entre las personas.

A partir del último reporte emitido, en el periodo del 30 de agosto al 20 de septiembre de 2023, se han registrado 887 casos confirmados en la entidad.

En la semana epidemiológica 36, se tiene un registro de 302 casos por inicio de síntomas, que en comparación con la semana epidemiológica 35, presenta un incremento de 45.2 por ciento.

Durante este periodo se han registrado 3 defunciones y de acuerdo con el reporte de 17 hospitales, no hay pacientes en hospitalización a causa del virus del SARS CoV-2.

Este incremento se deriva de las actividades del periodo vacacional, así como por los cambios de temperatura que se han presentado en las últimas semanas. Sin embargo, se reporta una menor cantidad de defunciones que se atribuye a las vacunas aplicadas a la población.

La dependencia estatal recomienda a la ciudadanía practicar las medidas preventivas en sus actividades, que incluye el uso del cubrebocas para quienes presenten síntomas de infección respiratoria.

Además de llevar a cabo las acciones preventivas, como la higiene de manos de modo frecuente, la aplicación de gel antibacterial y mantener la limpieza en las áreas de uso común, ventilar los espacios cerrados y realizar las medidas de etiqueta respiratoria, al estornudar o toser.

Como parte de las medidas de protección, se invita a las y los ciudadanos a acudir a las unidades de salud para aplicarse el refuerzo de la vacuna contra COVID-19, o de ser el caso, iniciar el esquema de vacunación.

Para proteger su salud se recomienda mantener un estilo de vida saludable con una alimentación balanceada, hidratarse con agua simple y realizar ejercicio, así como acudir a las unidades médicas para realizar una valoración ordinaria de su estado de salud.

Es importante que, en caso de tener algún síntoma de tipo respiratorio, se busque atención con un médico y aplicar una prueba de diagnóstico para confirmar o descartar; de obtener el resultado positivo al coronavirus, seguir las indicaciones médicas y permanecer en aislamiento durante el lapso correspondiente.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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