Chihuahua
Emitirá Gobierno Municipal convocatoria del Programa Alimentario y de Desarrollo Humano para el Adulto Mayor 2018
El Gobierno Municipal de Chihuahua a través de la Dirección de Desarrollo Humano y Educación emitirá el próximo domingo 4 de febrero la convocatoria del programa complementario para adultos mayores en situación de vulnerabilidad, para que mediante el apoyo permanente puedan mejorar sus condiciones de vida, así como fomentar e impulsar su índice de desarrollo humano.
A partir del lunes 19 de febrero al viernes 23 del mismo mes para la zona urbana y del martes 6 de febrero al viernes 23 de febrero para la zona rural, los interesados podrán registrar su solicitud tomando en cuenta los requisitos emitidos en la convocatoria como el tener más de 60 años, no contar con otro apoyo similar, residir en el municipio y encontrarse en situación de vulnerabilidad.
Los resultados se darán a conocer el 18 de marzo y la vigencia del programa será de marzo a diciembre con el apoyo alimentario en forma bimestral.
Las solicitudes se pueden tramitar en forma personal o por medio de algún conocido, familiar o tutor del solicitante para la zona urbana en los centros comunitarios:
-Tricentenario, ubicado en la calle Celia Andazola 14703, Chihuahua 2000 III Etapa
-Riberas de Sacramento, calle Río San Francisco s/n
-Vistas Cerro Grande, calle 76 ½ número 8403
-Auditorio Municipal avenida Cuauhtémoc y calle Miguel Ángel Olea 211
-Comandancia Sur, avenida Carlos Pacheco Villa 8800, Obrera
Para la zona rural en los centros designados en la convocatoria que será publicada el 4 de febrero en los diarios de mayor circulación en la ciudad, o de otra forma también existe la opción del registro por internet a través de la dirección http://www.municipiochihuahua.
Los solicitantes deberán presentar la documentación requerida como CURP, acta de nacimiento, identificación oficial, comprobante de domicilio y estudio socio económico, elaborado por la Dirección de Desarrollo Humano y Educación, para mayores informes comuníquese al 072 extensión 6511.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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