Chihuahua
Entra en vigor Registro Nacional de Detenciones para seguimiento en tiempo real
El secretario ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Chihuahua, Ulises Pacheco Rodríguez, informó que a partir este 1 de abril de 2020, entró en vigor el Registro Nacional de Detenciones (RND), a nivel nacional.
“Es decir, desde hoy, la o el policía aprehensor deberá subir los datos de la persona detenida, a una plataforma en internet que es consultable públicamente”, observó el funcionario.
Lo anterior aplica tanto para delitos del fuero común, como del federal, si se dio en flagrancia, en ejecución de orden de aprehensión o en caso urgente, añadió.
Señaló que el Registro Nacional de Detenciones refuerza el respeto a los derechos humanos de las y los mexicanos, y es un control más sobre la actuación de las autoridades.
La Policía que haga la detención, obligatoriamente tendrá que subir esos datos a la plataforma, de acuerdo a lo establecido en la ley que lo regula (Ley Nacional del Registro de Detenciones), y la información podrá ser consultada públicamente en internet, para saber si una persona está detenida por algún delito.
Tal herramienta fue creada para prevenir la violación de los derechos humanos de la persona detenida, así como actos de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, y la desaparición forzada.
Entre los principales beneficios que ofrece a la ciudadanía, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Chihuahua enlistó los siguientes:
1. Ubicación en tiempo real de la persona detenida (consulta pública).
2. Nombre de la autoridad que hizo la detención.
3. Acciones de Inteligencia con información en tiempo real.
4. Trazabilidad de la persona detenida, desde su detención hasta su libertad o ingreso al centro penitenciario.
5. Revisión de la situación jurídica de la persona detenida (enlace con otras bases para ver órdenes de aprehensión o reincidencias).
Con el Registro Nacional de Detenciones se podrá consultar el nombre de la persona detenida, de la autoridad que realizó la detención y de la que la tiene detenida, al igual que el lugar, fecha y hora en que ocurrió.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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