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Chihuahua

Es posible que si sea «El Chueco» | Fiscal General

La posibilidad de que la persona que se presenta como José Noriel Portillo Gil, alias “El Chueco”, en un vídeo recientemente, sea él es alta, según reveló el Fiscal General del Estado, Roberto Fierro Duarte.

A unos días de que se difundiera un video en el que el presunto generador de violencia, hoy prófugo de la justicia, hablara de los hechos ocurridos el pasado 20 de junio en la comunidad de Cerocahui, Fierro Duarte acotó que aún se llevan a cabo las investigaciones aunque es posible que realmente sea “El Chueco”, no obstante, no hizo la confirmación debido a que se tienen ciertas dudas.

Respecto a unos audios en los que supuestamente habla también José Noriel con uno de sus ayudantes vía radio, el Fiscal dijo que no cuenta con la fuente, por lo que solicitó, se presente a la Fiscalía el material para analizarlo debidamente y así poder determinar las voces de acuerdo a los registros con los que ya cuenta la autoridad.

Dichos audios fueron publicados el pasado 26 de agosto, y entregados por un elemento de inteligencia que se mantuvo en el anonimato, según se informó.

Señalan que una de las personas que hablan es “El Chueco”, quien le pide a uno de sus allegados que le solicite a otro hombre, “el morro”, que se entregue y se ‘eche la culpa’ de las muertes de los sacerdotes jesuitas Javier Campos y Joaquín Mora, así como el guía de turistas Pedro Palma.

Fuente Todo Es Política

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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