Chihuahua
«Estamos para servir a los productores de Chihuahua» : AMLO
El presidente de la República Mexicana, Andrés Manuel López Obrador, durante la conferencia de prensa matutina que realiza desde Palacio Nacional, enfatizó que no hay represalias de ninguna especie contra los agricultores del estado de Chihuahua, luego del movimiento de la defensa por el agua que llegó a un punto álgido el 8 de septiembre de 2020, y añadió, que el gobierno federal está al servicio de los trabajadores del primer sector.
“Que no se queden con la idea de que nosotros estamos en contra de los agricultores de Chihuahua, porque hicieron el movimiento para que no se entregara el agua a Estados Unidos y que por eso ya los tenemos castigados. No. Ahí lo que pasó es que nosotros tenemos que cumplir, porque es un convenio internacional y no nos convenía dar motivo para una represalia, porque nos iba a afectar mucho”, manifestó el presidente López Obrador.
El movimiento por la defensa del agua para impedir más extracciones a las principales presas chihuahuenses que son tributarias al río Bravo, registró un punto álgido el 8 de septiembre de 2020, cuando los productores tomaron la presa La Boquilla para desalojar a elementos de la Guardia Nacional, para impedir que se extrajera más agua de los embalses cuya agua ya había sido concesionado para uso de riego en los sembradíos del Distrito 005, en la región Centro-Sur del estado.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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