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Chihuahua

Exhorta Secretaría de Salud a vacacionistas a extremar precauciones para evitar contagios de COVID-19

Exhorta Secretaría de Salud a vacacionistas a extremar precauciones para evitar contagios de COVID-19

La Secretaría de Salud a través de la Subdirección de Epidemiología, emitió un exhorto a las personas que planean vacacionar en otros estados del país, a extremar precauciones para prevenir contagios de COVID-19.

El Subdirector de Epidemiología, Gumaro Barrios Gallegos, informó que en lo que va del presente año, en el estado de Chihuahua se tiene un registro de 56 casos positivos y dos defunciones, sin pacientes hospitalizados.

Pero hay entidades donde las cepas KP.2 y KP.3, han generado un repunte de casos, principalmente en la Ciudad de México, Querétaro, Estado de México, Nuevo León y Puebla, por lo que solicitó a los chihuahuenses que viajen a estas regiones, tener el cuidado pertinente.

Recordó que las medidas de prevención son el lavado de manos, el uso de gel antibacterial, uso de cubrebocas, así como permanecer en el hogar en caso de presentar síntomas y mantener una higiene corporal adecuada.

Barrios Gallegos mencionó que Chihuahua ocupa el lugar número 29 en cuanto a número de casos en el país, ya que presenta una baja incidencia, por lo que insistió en mantener las medidas de precaución para evitar que la enfermedad se transmita.

Afirmó además que las unidades hospitalarias en la entidad, se encuentran preparadas para recibir y atender a pacientes con SARS-CoV-2 y otras patologías, en caso de ser necesario.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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