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Chihuahua

Expone presidente del IEE en foro global, experiencia de participación ciudadana en Chihuahua

La experiencia histórica de participación ciudadana en Chihuahua se llevó al escenario del Foro Global sobre Democracia Directa Moderna 2020 (Global Forum on Modern Direct Democracy), la conferencia más grande en el mundo que trata este tema.

El consejero presidente del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua (IEE), Arturo Meraz González, fue invitado a este foro internacional para exponer sobre “Nuevas circunstancias y desafíos en la realización de plebiscitos en el estado de Chihuahua, México”.

Meraz señaló que la participación ciudadana es un derecho humano, como lo indica la Constitución Política del Estado de Chihuahua, en el artículo 4, y si bien Chihuahua fue uno de los últimos estados de la República mexicana en tener una ley en la materia, en un año a partir de su entrada en vigencia, ya se contaba con un reglamento emitido por el Ejecutivo y un lineamiento de la autoridad electoral, en quien se depositó la responsabilidad de administrar los mecanismos de participación política

En su ponencia, compartió la experiencia vivida en 2019, cuando un grupo ciudadano promovió el plebiscito por una acción administrativa del Municipio, conocida como el proyecto Iluminemos Chihuahua. Dicho mecanismo se llevó a cabo a través de un modelo de urnas electrónicas, en donde participaron 62,032 personas, que representa el 8.9431% de la Listado Nominal. Aunque el resultado no fue vinculante para la autoridad implicada porque no se obtuvo el mínimo del 10% de votación que la ley señala, ante la tendencia orientada al “no”, el proyecto en cuestión fue retirado.

“El derecho a la participación ciudadana en ejercicios de democracia directa en México está en franca expansión y es menester de las autoridades competentes, hacer uso de creatividad para promoverla, aplicar de manera efectiva las normas para tutelarla y en un escenario tan complicado como el que hoy día tenemos en medio de la pandemia, hay que recrear las formas de llevarla a cabo, innovar en procedimientos, fortalecer la confianza de la ciudadanía”, expresó el consejero presidente del IEE en el foro global que esta vez, por razones de la pandemia, se realizó en línea.

Planteó también los retos que representan los mecanismos de participación en el futuro: uno de ellos es la captación de apoyo ciudadano, que implica el contacto cara a cara entre promoventes y ciudadanía, lo que amplía riesgos de posible contagio. En este sentido, consideró apropiado explorar las posibilidades tecnológicas para poder firmar a distancia, aunque conlleva al reto de asegurar la autenticidad del apoyo.

“Si bien es cierto, el derecho a la salud es fundamental, éste no debe conculcar el derecho a la participación ciudadana; la posible colisión entre ambos es un reto enorme para las autoridades, pero también una gran responsabilidad para la ciudadanía, porque finalmente es para esta ciudadanía para quienes se han creado los mecanismos de participación ciudadana y sin su concurrencia, no tienen sentido”, recalcó.

Por tanto, invitó a tener apertura mental y conductual para recrear nuevas formas que aseguren la efectiva materialización de la participación ciudadana.

En el evento participaron también Claudia Zavala Pérez, consejera electoral del Instituto Nacional Electoral INE), Rita Bell López Vences, consejera presidenta de la Comisión de Sistemas Normativos Indígenas, Bernardo Valle Monroy, consejero electoral Instituto Electoral de Ciudad de México.

El Foro Global sobre Democracia Directa Moderna favorece un enfoque multidisciplinario y da cabida a participaciones desde las distintas perspectivas: académicas, políticas y de la sociedad civil.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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