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Chihuahua

“FONBIEN, lo que México necesita para atender oportunamente emergencias naturales”: Mario Vázquez

–Fondo del Bienestar, para que no haya pretextos políticos.

El FONBIEN (Fondo para el Bienestar ante Desastres Naturales). No se trata simplemente de un cambio de nombre, sino de una propuesta técnica, transparente y financieramente sólida, diseñada para proteger a las familias mexicanas en los momentos más críticos”, declaró el senador por Chihuahua, Mario Vázquez, luego de presentarlo en el pleno de la Cámara Alta.

El legislador enfatizó que “lo ocurrido recientemente en Veracruz y Puebla no es un incidente aislado ni una casualidad. Es la expresión más cruda y dolorosa del fracaso absoluto de las políticas públicas actuales frente a los desastres naturales. Ciudadanos desesperados clamando por ayuda, mientras el gobierno federal se muestra rebasado, sin herramientas efectivas ni recursos listos para responder”.

Respecto al nombre, el senador aclaró que se eligió “Fondo de Bienestar para eliminar cualquier pretexto político. No importa el nombre, lo importante es que funcione y salve vidas”.

¿Qué propone FONBIEN?

1. Recursos asegurados por ley: Cada año, al menos el 0.3% del gasto programable de la Federación se destinará automáticamente al fondo, garantizando más de 21 mil millones de pesos para 2026. Además, de que estos no podrán disminuir, por el contrario, deberán incrementarse anualmente. Esto evitará depender de decisiones arbitrarias, partidistas o electorales.

2. Activación automática y técnica: Al declararse una emergencia, los recursos se liberarán de inmediato, sin burocracia ni discrecionalidad política. La ayuda debe llegar en días, no en semanas o meses.

3. Transparencia y participación ciudadana real: FONBIEN funcionará como un fideicomiso público con comités de supervisión integrados por autoridades y representantes de la sociedad civil. Habrá informes periódicos al Congreso y auditorías externas. No más decisiones opacas ni “a puerta cerrada”.

4. Protección financiera moderna: Se implementarán instrumentos financieros innovadores, como seguros paramétricos y bonos catastróficos, que garantizan la llegada inmediata de recursos ante desastres, sin excusas ni propaganda política.

Mario Vázquez recordó que estos mecanismos existen y han demostrado su eficacia. “México fue pionero en su uso. La verdadera razón por la que no se han retomado no es técnica, sino política: porque eliminan la discrecionalidad y exigen transparencia, colocando a la ciudadanía en el centro de la vigilancia y la respuesta”.

Finalmente, enfatizó que “FONBIEN recupera lo que funcionaba, corrige errores del pasado y fortalece el sistema con reglas claras, participación ciudadana y herramientas financieras modernas. Porque cuando llega la tormenta, no hay espacio para ideologías: solo hay familias esperando ayuda. Y a ellas debemos responder con eficacia, rapidez y dignidad”.

Para concluir, el senador recordó que la imagen de una presidenta angustiada “no es un accidente, sino el resultado de haber desmantelado uno de los mecanismos más eficaces que tuvo México para enfrentar desastres naturales: el FONDEN (Fideicomiso Fondo de Desastres Naturales)”.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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