Chihuahua
Francisco Sánchez asume representación legal de padre biológico de Jasiel; demandarán que asesino sea refundido en Cereso varonil
“El maldito asesino debe ser recluido en un cereso varonil, por la seguridad de las reclusas y de los menores que viven en ese penal. A un infanticida se le debe tratar como lo que es, sin concesiones, sin privilegios”, Así lo declaró el diputado y coordinador de la Bancada Naranja de Movimiento Ciudadano, Francisco Sánchez Villegas, al informar que asumió la representación legal de Jasiel Castellano, padre biológico del niño Jasiel Giovani, asesinado en Chihuahua.
Francisco Sanchez indicó que presentará todos los recursos jurídicos necesarios para que Abraham Alejandro, detenido en este caso, sea recluido en un penal varonil y no se le mantenga el privilegio que se le ha otorgado de cumplir su medida cautelar al interior de un penal femenil.
“En el Cereso femenil viven 8 niños, hijos de reclusas, ahora obligados a convivir con un infanticida. Con alguien que privó de la vida a un niño con nueve puñaladas en el pecho. Esto es inadmisible, es un insulto que se le traté con estos privilegios”, declaró.
El legislador chihuahuense indicó que Chihuahua no puede seguir tratando a criminales desalmados como si fueran niños de pecho, cumpliéndoles cada capricho, dándoles privilegios a quienes no tuvieron misericordia al atentar contra niños, contra mujeres, contra familias chihuahuenses.
Francisco Sánchez remarcó que desde el Congreso del Estado impulsa la Ley Jasiel, una ley para eliminar privilegios como la liberación anticipada, en donde criminales desalmados, por órdenes del centro del país, pueden salir libres al cumplir solo la mitad de su condena.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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