Chihuahua
Funcionario panista habría «entregado» al narco a periodista Miroslava Breach
Revista Proceso.- En el juicio oral que se lleva a cabo desde ayer a Juan Carlos Moreno Ochoa, “El Larry”, quien es señalado como uno de los asesinos de la periodista Miroslava Breach, se presentó la transcripción de una llamada entre la corresponsal de La Jornada y el vocero del PAN estatal, Alfredo Piñera -cuyo audio fue encontrado en una laptop dentro de la casa donde se escondieron los sicarios- donde el panista le preguntaba quién le pasó la información sobre el candidato narco del PRI a presidente municipal de Chínipas.
Breach Velducea, enfática como era, le respondió que la responsable de su información era únicamente ella. “Diles que para qué se hacen tontos: Miroslava Breach Velducea es nacida en Chínipas y no va a revelar fuentes de información, así que, por favor, digan quién es y que me le echen a mí (la responsabilidad). Yo por eso firmé la nota porque yo sí tengo ovarios y porque sabía cómo están las cosas. A mí me han hablado mis tíos y me dicen que están rezando el novenario por mí, entonces, que no jueguen”, respondió.
El 4 de marzo de 2016 en la nota titulada: “Impone el crimen organizado candidatos a ediles en Chihuahua”, denunció que candidatos a las presidencias municipales serranas de Namiquipa, Bachíniva, Urique, Uruachi, Guazaparez, Guachochi, Batopilas y Buenaventura eran narcos, y la publicó el mismo día, en coordinación con la corresponsal revista Proceso, quien aportó información de algunos municipios.
Sobre Chínipas, municipio de la baja Tarahumara, Breach documentó que el precandidato que registró el PRI es Juan Miguel Salazar Ochoa, hijo de Joel Salazar Zamorano y sobrino de Crispín Salazar Zamorano, quien heredó el control del grupo criminal Los Salazar, tras la detención, en noviembre de 2012, de su hermano Adán Salazar Zamorano y su sobrino Jesús Alfredo Salazar Ramírez.
En la llamada explicó la razón por la que publicó la nota: “El silencio es complicidad y eso es lo que ha generado todo este desmadre”, dijo refiriéndose a la violencia.
En la audiencia que se llevó a cabo en la ciudad Judicial, en la que “El Larry” no estuvo presente pues está hospitalizado en el Cereso porque se lesionó al tratar de fugarse –según las autoridades- se leyó la transcripción del archivo mp3 extraído de la laptop Sony Vaio PCG – 619 11U encontrada en la casa de otro de los señalados como responsable del asesinato, Jasiel Vega Villa, donde se ocultó el auto.
Al leerse la declaración de Piñera, quien se encuentra como testigo protegido y de quien ya antes se ha mencionado en Proceso como el autor de la llamada, explicó que llamó a Breach porque el alcalde de Chínipas, Hugo Amed Schultz, también testigo protegido en el expediente, pidió ayuda al director del PAN estatal pues estaba siendo presionado por el grupo armado que controla Chínipas porque pensaba que él había pasado la información. Recibió el encargo de atender el asunto, y junto a él hizo la llamada a la periodista de quien se dijo cercano.
A su vez, Schultz –a quien se menciona señalado en el expediente como mensajero de narcos en otra amenaza que recibió la periodista- reconoció que pasó el audio que lo desvinculaba de la información contenida en la nota a la gente del grupo de Los Salazar para los que trabaja “El Larry”.
Piñera declaró que él desconocía la relación del presidente municipal con los criminales.
La llamada fue así:
Miroslava Breach (MB): Bueno.
Alfredo Piñera (AP): Hola Miroslava, ¿cómo estás?
MB: ¿Qué hay?
AP: Oye sabes te voy a platicar qué pasa para ver de qué forma nos puedes ayudar
MB: Sí.
AP: Me dice la raza allá de la Sierra que nos están acusando de que nosotros fuimos los que soltamos el pitazo, que no fue así
MB: mh.
AP: Y no encontramos la forma de demostrarlo.
MB: Pero dame lugares de dónde.
AP: Pérame tantito (entonces se escucha que le pregunta a alguien, que luego el funcionario identificó como el alcalde panista de Chínipas, Hugo Amed Schultz, que supuestamente estaba sentado enseguida oyendo: ¿de dónde?)
MB: ¿Qué comunidades?
AP: De Chínipas.
MB: Ajá
AP: Y entonces es que nosotros, entonces, logramos demostrar que no fuimos nosotros no va a pasar nada. Entonces si los reporteros que sacaron esa información afirman o me dicen que la fuente de ellos, no que me la digan quién fue, pero nomás con que ratifiquen que no fuimos nosotros. Con eso para nosotros quitarnos la bronca de esos otros güeyes encima. ¿Me explico?
MB: Pues diles, muy fácil y muy sencillo. Diles, pues, que por qué se hacen pendejos: Miroslava Breach es de Chínipas. No’más diles eso.
AP: Ajá, pero ellos lo que necesitan estos cuates…
MB: No, no, no, no, que tampoco chinguen. Diles que para qué se hacen tontos: Miroslava Breach Velducea es nacida en Chínipas y no va a revelar fuentes de información, así que, por favor, digan quién es y que me le echen a mí (la responsabilidad de la nota). Yo por eso firmé la nota porque yo sí tengo ovarios y porque sabía cómo están las cosas. A mí me han hablado mis tíos y me dicen que están rezando el novenario por mí, entonces, o sea, que no jueguen.
AP: Pero, a ver, déjame aclararte Miros: no me piden que reveles tus fuentes. Yo no te lo pediría.
MB: No, no, no, no, no. Pero no es que no haya fuentes, es que no hay fuentes. O sea, yo tengo cuando yo di el nombre de quién era en Chínipas.
AP: Ajá.
MB: Simplemente saqué las cosas.
AP: No fuiste.
MB: Esto fue lo que sucedió, así de sencillo. ¿Pues qué creen que estoy tonta, manca, pendeja o de qué se trata? Así es, diles: No hay fuentes, Miroslava Breach conoce Chínipas y cada piedra que es de ahí, y sabe quién era el personaje (refiriéndose al candidato).
AP: Ya entiendo. Entonces no es que haya una fuente de que alguien fue y te dijo.
MB: Claro que no. Claro que no. Cuando yo vi la lista de candidatos y me puse reportear, por eso revisé Chínipas, Buenaventura, y una serie de cosas. Así estuvo la cosa y diles: Fue Miroslava Breach. Y que se avienten su boleto si quieren.
AP: Entonces, ¿tú nunca te juntaste ahí con la gente ni con el presidente municipal?
MB: Con nadie, absolutamente con nadie. Yo soy de Chínipas y sé de quién se trataba.
AP: Ah, ya entiendo. Así se la voy a soltar a ellos.
MB: Así coméntaselos. Ellos saben, ellos saben lo que pasa, es que todo mundo anda zurrado. Te digo que mis tíos me han hablado.
AP: Pues sí, les han advertido que se los van a chingar.
MB: Pues sí les han advertido, pero que les digan: ¿Te quieres chingar a alguien?, chíngate a la reportera, ya sabes quién es. Y que se meta conmigo. Sabe perfectamente, yo por eso firmé la nota.
AP: No, Miroslava, pues ahí está todo, con eso es más que suficiente, yo me entero de eso.
MB: O sea, yo por eso firmé la nota, porque sabía. Yo tengo primos, tengo tíos en Chínipas y que sepan directamente que fui yo y que nadie más me lo dijo. Yo los conozco de toda la vida.
AP: Bueno, está bien.
MB: Así de sencillo, así de directo.
AP: Lo que pasa es que sí andan preocupados. Sí andan muy preocupados porque allá también tienen la percepción de que fue alguien de ahí, el presidente municipal.
MB: No, no, pues así cántaselas directas, yo te insisto. A mí mis tíos me han hablado, unas tías me han hablado llorando porque la presión ha estado de la chingada. Pero les dije que yo por eso firmé la nota porque sé de qué se trata y saben que soy de Chínipas.
AP: Ajá.
MB: Allá nací, mi familia es de allá.
AP: No, pues está bueno, Miros. Pues muchas gracias. Yo así les comento.
MB: Entonces así coméntaselos y diles que lo que ellos no tienen a mí me sobra.
AP: Así se los voy a decir.
MB: Así dícelos.
AP: Ja, ja, ja.
MB: Que porque el silencio es complicidad y eso es lo que ha generado todo este desmadre.
AP: Sí, ya lo sé.
Nota tomada de la Revista Proceso.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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