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Chihuahua

Invitan a conocer la Quinta Touché

La directora de Desarrollo Económico y Turístico del Gobierno Municipal, María Granados Trespalacios, externó la invitación a la ciudadanía a que visiten y conozcan las instalaciones de la Quinta Touché, la cual alberga el museo del general revolucionario Toribio Ortega, además de las oficinas de esta dependencia.
La finca fue construida por el arquitecto George E. King, a petición del comerciante Jacobo Touché, quien la inauguró en 1904 tras adquirir los terrenos municipales que anteriormente le pertenecían al Panteón San Felipe.
La casa fue habitada por la familia Touché, sin embargo, tras el levantamiento armado de los revolucionarios en 1910, la Administración General de Confiscaciones dispuso que se instalara un hospital militar al servicio de los revolucionarios.
En 1914 fue internado el general Toribio Ortega, el primer revolucionario en encabezar el movimiento en Cuchillo Parado, Chihuahua, ya que sufrió un cuadro de tifoidea que causaría su muerte en junio de dicho año.
Al término de la Revolución, la finca fue entregada de nuevo a la familia Touché, quienes la habitaron varios años, durante los cuales un corto circuito provocó un incendio que consumió el inmueble. Ante esta situación, la Quinta fue remodelada con su fachada original por Miguel Márquez, Carlos Ochoa y Francisco Terrazas, quienes concluyeron con la reconstrucción en 1927.
Recientemente, la Quinta Touché pasó a manos del gobierno municipal, por lo que tras su segunda restauración se convirtió en el museo de Toribio Ortega y en la sede de la Dirección de Desarrollo Económico y Turístico.
Es por ello que esta dependencia los invita a que visiten el histórico inmueble, el cual está abierto al público y en esta ocasión, además del atractivo que es en sí misma la finca, se exhibe un altar de muertos de tres fases, el cual fue realizado por el colectivo División del Norte.
La obra se llama «Día de los muertos» y es en honor al espíritu de la Revolución y a la memoria del general y de acuerdo a Pino, uno de los artistas que participó en la elaboración del altar, se trata de festejar a los muertos respetando la vida, con cráneos dorados y flores que intentan reconciliar al espectador con las tradiciones, la experiencia y transición del espíritu.
La Quinta Touché está abierta para todos los chihuahuenses de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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