Chihuahua
Marco Bonilla defiende blindaje electoral en Chihuahua contra crimen organizado
Chihuahua, Chih. – Marco Bonilla, coordinador político estatal del Partido Acción Nacional (PAN) y alcalde de Chihuahua, defendió las medidas aprobadas en el estado para evitar la intervención del crimen organizado en los procesos electorales. Esto ocurre tras la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que revisa la reforma electoral local.
Bonilla criticó a Morena por impugnar estas disposiciones, que, según su opinión, buscan fortalecer la protección de los comicios en Chihuahua. Destacó que las medidas incluyen la posibilidad de anular una elección si se demuestra la intervención de grupos criminales.
El alcalde enfatizó que la legislación local tiene como objetivo impedir la participación de personas con presuntos vínculos con la delincuencia organizada, formando parte de un esquema de blindaje electoral que, afirmó, cuenta con el respaldo de diversas fuerzas políticas, excepto Morena.
“Esa protección existe para que las y los chihuahuenses vivan en paz, para que ninguna familia tenga que preguntarse si detrás de una candidatura hay estructuras del crimen organizado. Quitar ese blindaje no es un tecnicismo legal”, expresó Bonilla.
Además, el coordinador político del PAN se refirió al proceso interno de Morena de cara a la elección estatal de 2027, cuestionando la designación de Cruz Pérez Cuéllar en ese partido. Aseguró que el debate público debe centrarse en la revisión de resultados, antecedentes administrativos y el cumplimiento de compromisos de quienes aspiran a gobernar Chihuahua.
Bonilla subrayó que el debate electoral hacia 2027 debe enfocarse en contrastar las trayectorias de gobierno y evaluar el desempeño de los aspirantes en los cargos públicos que han ocupado.
El panista reafirmó su compromiso con la defensa de Chihuahua ante los riesgos relacionados con la seguridad pública y la integridad de los procesos electorales. “Como chihuahuense, no voy a permitir que se ponga en riesgo. Y juntos vamos a defender a todo Chihuahua”, concluyó.
La discusión se desarrolla en el contexto de la revisión judicial a reformas electorales de Chihuahua, que abordan causales de nulidad, cancelación de candidaturas y posibles vínculos con la delincuencia organizada, un tema que se perfila como central en el debate político estatal hacia el proceso electoral de 2027.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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