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Chihuahua

Ningún avance: Van más víctimas de homicidios en la era Duarte que en las de sus antecesores

Además Duarte fue el único Gobernador en el país en promover la cadena perpetua, eso pudo provocar un proceso de decaimiento o descomposición grave.

La cantidad de homicidios ocurridos durante el período del gobernador César Duarte Jáquez ha superado ya a la que hubo en la gestión de su antecesor, antecesor, José Reyes Baeza, con un margen mayor al 11 por ciento, según cifras oficiales.

Por: Alejandro Salmón Aguilera

Datos del INEGI y del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Secretariado) indican que, entre octubre del 2004 y mayo del 2010, cuando José Reyes Baeza era gobernador del Estado de Chihuahua, se habían registrado 12 mil 884 víctimas de homicidio en el estado.

En un período similar, es decir: de octubre del 2010, cuando inició la actual administración, y mayo del 2016, la cuenta de víctimas de homicidio va en 14 mil 385, lo cual representa una diferencia de 1,501 casos más durante la gestión del gobernador César Duarte Jáquez respecto a la de su antecesor.

En términos porcentuales, el número de víctimas de homicidio en el actual gobierno supera en un 11.6 por ciento al de la anterior administración, la cual fue encabezada por José Reyes Baeza.

En promedio, durante el gobierno de Reyes Baeza hubo 2,174 víctimas al año, mientras que en el de Duarte es de 2,365.

Cabe mencionar que las cifras del INEGI registran la totalidad de homicidios ocurridos durante cada año, sin hacer distingos de tipología, ya sea culposos—incidentales—o dolosos.

Sin embargo, datos del Secretariado indican que, en Chihuahua, el 20 por ciento de los homicidios son de tipo culposo y el restante 80 son de tipo doloso.

La misma fuente indica que, durante la gestión del gobernador Patricio Martínez se registraron 3 mil 556 homicidios, tomando en cuenta desde octubre de 1998, cuando inició esa administración, y septiembre de 2004, cuando concluyó.

Para el psicólogo especializado en criminalística, Carlos Ochoa, el incremento en la cantidad de víctimas de homicidio es explicable, ya que la política de atención a la delincuencia no ha variado en los últimos cinco años ni se ha adecuado a la dinámica social del estado.

Mencionó que, durante la gestión de José Reyes Baeza, se aplicó un esquema conciliador, sobre todo con la entrada en vigor del sistema penal acusatorio, donde todo proceso penal partía de la presunción de inocencia y se buscaba antes que el castigo, la reparación del daño y el entendimiento entre las partes.

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Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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