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Chihuahua

Ocupa CUU el 18 por ciento de su turismo en industria de reuniones

El turismo de reuniones registra un porcentaje en Chihuahua del 18 por ciento, cuando a nivel mundial es del 24 por ciento; sin embargo no es malo si observamos a que todo el país ocupa el 19 por ciento en materia de gasto turístico total mundial, afirma Miguel Harraca, presidente en Latinoamérica y el Caribe deOficinas de Convenciones y Visitantes.

Esto, en el marco de las festividades por el Día Mundial del Turismo de Reuniones que el Clúster Turístico de Chihuahua celebra con una serie de actividades para profesionalizar al sector con sede en EXPO CHIHUAHUA.

Harraca, oriundo de Argentina y radicado ya en nuestro país por su potencial en la materia, conforme a su experiencia, estima que el Gasto Turístico esta por debajo del Turismo de Sol y Playa, pero no muy por debajo, ya que registra el 26 por cientos le sigue el Turismo de Reuniones con el 19 por ciento.

El potencial de Chihuahua en Turismo de Reuniones o Negocios, esta más volcado al mercado corporativo, los que no son asociaciones profesionales sino empresas que vienen a hacer sus reuniones por las distintas características del destino.

“Es una ciudad que aloja gente que por cuestiones geográficas o de actividades, refiriéndose a las Barrancas del Cobre, hace actividades de otro tipo, hace una mezcla”.

Refiere el especialista que lo diferente esta en lo emocional, el turismo debe saber vender la experiencia del viaje, como valor agregado al evento, ya sea convención, congreso o alguna otra variación, por eso es tan importante el desarrollo de productos turísticos que complementen esa experiencia y eleve la derrama económica.

Por su parte Cristina Muñoz Alcocer, presidenta del Clúster Turístico de Chihuahua, agradeció la presencia de Miguel Harraca, quien “viene a recordarnos que si somos un destino con vocación y compromiso, lograremos pronto ser un destino con Recursos Humanos y Financieros más sólidos”.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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