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Ombudsman recomienda a MVS responder sobre Aristegui

CIUDAD DE MÉXICO (30/MAR/2015).- Ante los 380 mensajes y 184 quejas que MVS Radio y Noticias MVS recibieron por la salida del aire de la periodista Carmen Aristegui, el ombudsman de la empresa emitió sus recomendaciones, en la que pide a la dirección de la estación radiofónica responder a la audiencia las razones del despido de la locutora y de su equipo.

Gabriel Sosa Plata, ombudsman de Noticias MVS, detalló que entre el 16 y el 24 de marzo, las telefonistas de la primera emisión de noticias de la estación recibieron 121 llamadas, de las cuales todas fueron para manifestar su rechazo por la salida de Aristegui.

«Todas se refieren a la salida de la periodista Carmen Aristegui. Hay una crítica de la audiencia por la decisión de MVS Radio, no hay una felicitación», explicó el ombudsman.

Además, fueron 380 mensajes que se recibieron por la salida de la periodista en el buzón de voz, correo electrónico, Twitter y Facebook.

El 16 de marzo, comentó, se creó la petición «#CarmenSeQueda», la cual tenía hasta el 28 de marzo 217 mil firmas.

Asimismo, «por su compromiso de ética periodística y empresarial, así como por el respeto a las miles de personas que se han manifestado sobre los hechos ocurridos desde el miércoles 11 de marzo y por su obligación constitucional de prestar un servicio público de interés general», el ombudsman emitió siete recomendaciones a MVS Radio y a Noticias MVS, representadas por Alejandro Vargas Guajardo y José Antonio Vega.

Primero, la empresa debe responder formalmente a la petición «#CarmenSeQueda» apoyada por más de 217 mil personas.

También debe responder a la audiencia las razones por las que hasta ahora no ha sido posible reintegrar a Carmen Aristegui y su equipo en Noticias MVS y sobre las quejas de que la salida de la periodista son «a su parecer actos de censura o censura indirecta», que vulnera su derecho de saber.

Tiene que «responder a la audiencia las quejas sobre los desplegados y spots de MVS Radio en los que utilizan como ‘ofensa’, ‘abuso de confianza’, ‘intereses particulares que nada tienen que ver con el periodismo que realiza la empresa’, y ‘engaño’ para referirse a la periodista Carmen Aristegui y los periodistas Daniel Lizárraga e Irving Huerta, en quieres los radioescuchas confiaban».

El ombudsman pide que MVS responda a la audiencia sobre las quejas de que han sido vulnerados sus derechos, en particular sobre el derecho a la información y el a recibir contenidos y plurales, por la salida de la reportera.

También pide explicar a la audiencia por qué se despidió a Daniel Lizárraga, Irving Huerta y a todo el equipo que colaboraba en la primera emisión de Noticias MVS, así como a Adriana Buentello, coordinadora de redes sociales, y Ameyalli Motta, administradora web de Noticias MVS.

Finalmente, Gabriel Sosa Plata solicita responder a los radioescuchas cómo reparará los derechos de las audiencias que habrían sido vulnerados por la salida del aire de Carmen Aristegui.

Fuente: El Informador

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Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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