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Chihuahua

Prepara Sindicatura iniciativa para que OIC sea elegido por concurso público

El equipo de la Sindicatura presentará ante el Ayuntamiento de Chihuahua una nueva iniciativa de reforma que contempla una modificación al Reglamento Interior del Municipio con relación al proceso en que se selecciona a la persona titular del Órgano Interno de Control (OIC), así como al equipo de trabajo que lo conforma.

La Ley General de Responsabilidades Administrativas expresa que cada gobierno deberá contar con un Órgano Interno de Control y para seleccionarlo deberá ejercer un proceso que garantice igualdad de oportunidades, basado en el mérito y en la profesionalización, a fin de contar con los mejores perfiles para ocupar los puestos, asegurando un procedimiento transparente, con igualdad y equidad, lo cual no sucede actualmente al interior del gobierno municipal.

“En 2016, cuando entró en vigor la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el Municipio de Chihuahua se adelanta y crea su propio Órgano Interno de Control, pese a que no estaba listo conforme a las leyes estatales, el reglamento interno del municipio expresa que el presidente municipal es la entidad que designa al titular del OIC”, dio a conocer Paulina Valles Torres, asesora jurídica de la Sindicatura de Chihuahua.

En ese tenor, lo que busca la Sindicatura con esta iniciativa es proponer una reforma al reglamento interior del municipio para cambiar la manera en que se selecciona a la persona titular del Órgano Interno de Control a fin de que se adecúe a lo establecido por la Ley General de Responsabilidades Administrativas en materia de procesos de selección.

“Pretendemos que se emita una convocatoria pública y abierta en la que el Ayuntamiento forme una comisión de regidores, auxiliada por personas expertas del Sistema Estatal Anticorrupción y personas de la ciudadanía; este proceso constaría de tres etapas: primero entrega de documentación de todas las personas que quieran postular; la segunda etapa consistirá en un examen teórico práctico de conocimientos diseñado por personas expertas en el tema de control interno; las personas mejor evaluadas de este examen pasarían a la tercera etapa de entrevistas, así como la realización de exámenes psico-métricos y de habilidades”, añadió.

El OIC es la dependencia responsable de investigar y sancionar aquellas responsabilidades administrativas no graves en el municipio de Chihuahua o en su caso, turnar aquellas que resulten graves al Tribunal Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de Chihuahua, por tal motivo resulta de suma importancia que dicha figura deba ser imparcial y altamente calificada.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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