Chihuahua
Pronostican 56 frentes fríos y de 9 a 11 tormentas durante la temporada invernal
– El lapso de diciembre a febrero será el más frío del periodo, de acuerdo con estimaciones de la Coordinación Estatal de Protección Civil
La Coordinación Estatal de Protección Civil (CEPC), dio a conocer que para la temporada invernal 2023/2024, que comprende de los meses de septiembre de 2023 a mayo de 2024, se espera el paso de 56 frentes fríos por la entidad y entre 9 y 11 tormentas.
De acuerdo con el informe emitido por la Comisión Nacional del Agua, en el lapso de septiembre a diciembre se esperan 21 frentes y de enero a mayo otros 35.
Un frente frío es la parte delantera de una masa de aire polar, que provoca un descenso de la temperatura en la zona por la que pasa.
Este fenómeno climático se forma cuando una masa de aire frío, choca con una masa de aire caliente, pues al ser más denso, el aire frio se mete como una cuña debajo del aire caliente, lo que genera movimiento y provoca inestabilidad en la atmósfera.
Además de descenso en las temperaturas, genera heladas, vientos fuertes, altos oleajes, nevadas, abundante nubosidad e intensas lluvias, por lo que es necesario que la población se mantenga atenta de los avisos preventivos que emiten las autoridades.
En el caso de las tormentas invernales, están asociadas a un vórtice de núcleo frío, que genera lluvias, nieve o aguanieve, así como descenso en las temperaturas y vientos fuertes.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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