Política
Proponen espacios seguros para repartidores en centros comerciales
El diputado local de Morena, Pedro Haces, presentó el 22 de septiembre de 2026 una iniciativa de reforma que busca que los centros comerciales con alta demanda de servicios de entrega a domicilio, a través de plataformas digitales, habiliten áreas específicas para los repartidores. Estas áreas deberán contar con acceso a agua potable, espacios para la recarga de celulares y zonas de descanso, garantizando condiciones de seguridad y orden urbano sin afectar la movilidad ni el acceso a los establecimientos.
La propuesta implica una reforma a la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México. Para su implementación, la Secretaría de Desarrollo Económico, en colaboración con las alcaldías y con la asesoría técnica de la Secretaría de Movilidad, establecerá lineamientos generales que aseguren el cumplimiento de estas obligaciones. Los lineamientos se basarán en criterios de proporcionalidad, afluencia, capacidad del establecimiento y características del entorno urbano.
Durante la presentación de la iniciativa en tribuna, el diputado Haces destacó que los repartidores enfrentan largas jornadas laborales, lo que, sumado a la exposición constante a condiciones climáticas adversas y contaminación ambiental, tiene un impacto negativo en su salud. Haces subrayó que la falta de espacios adecuados para el descanso y la recuperación contribuye al desgaste físico y mental de estos trabajadores, aumentando el riesgo de padecimientos relacionados con la fatiga y el estrés.
El legislador también recordó que los repartidores están expuestos a diversos riesgos, que van desde accidentes viales hasta situaciones de inseguridad en ciertas áreas de la ciudad. La carencia de puntos seguros donde puedan resguardarse y proteger sus pertenencias incrementa su vulnerabilidad frente a robos y agresiones.
Como ejemplo de buenas prácticas, Haces mencionó el caso de Rappi en Bogotá, donde se implementaron estaciones equipadas con servicios de baño, parqueaderos, zonas de carga para celulares y áreas para consumir alimentos, proporcionando un espacio seguro y cómodo para los repartidores durante sus jornadas laborales.
Política
Sancionarán a empresas o dueños del vehículo que transporte más de los permitido
03 de noviembre de 2026. -La sanción aplicará también si la carga supera las dimensiones y capacidad.
El Congreso del Estado, reformó la Ley de Transporte del Estado de Chihuahua, en materia de peso, dimensiones y capacidad de los vehículos de autotransporte; esto luego del dictamen presentados por la Comisión de Obras, Servicios Públicos, y Desarrollo y Movilidad Urbana, a iniciativa de las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
La diputada Joceline Vega Vargas, presidente de la Comisión dictaminadora, expuso que la regulación en comento deberá aplicarse únicamente respecto de aquellos servicios, vehículos, vías y operaciones que se encuentren comprendidos dentro de la competencia normativa del Estado de Chihuahua, sin invadir el régimen jurídico aplicable al autotransporte federal.
“Con esta reforma se evita que la responsabilidad recaiga exclusivamente sobre el transportista cuando el sobrepeso se genera antes de que éste inicie el traslado; ahora se incorpora a: quienes contraten el servicio; propietarios de las instalaciones donde se carga; titulares de esas instalaciones; responsables de esas instalaciones y, además se establece que todos ellos sean “responsables directas y sujetas a sanción” cuando en esas instalaciones se incorpore exceso de peso.
La reforma al artículo 63 de dicha Ley, quedó de la siguiente manera:
Artículo 63. Las personas físicas o morales propietarias y/o titulares de las instalaciones en las cuales se realice la carga en exceso del producto y/o mercancías con fines de transporte por carretera, en vehículo sancionado por la Subsecretaria de Transporte; serán responsables directas y sancionadas por la acción de incorporar mayor peso del permitido según el vehículo de que se trate.
Se procederá a emitir las sanciones correspondientes cuando se detecte una unidad que exceda más de una tonelada, de la cantidad prevista en el Reglamento respectivo.
Lo anterior, con independencia de las sanciones que se haga acreedor el transportista por el traslado de exceso de peso.
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