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Publican resolutivo de salarios mínimos general y profesionales para 2019

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La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos publicó la Resolución del Honorable Consejo de Representantes de esta Comisión que fija los salarios mínimos general y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2019.

En la edición matutina del Diario Oficial de la Federación (DOF), explicó que para fines de aplicación de los salarios mínimos en la República Mexicana habrá dos áreas geográficas:

El área geográfica de la Zona Libre de la Frontera Norte, integrada por los siguientes municipios: Ensenada, Playas de Rosarito, Mexicali, Tecate y Tijuana, en el estado de Baja California; San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta, en el estado de Sonora.

Además los municipios de Janos, Ascensión, Juárez, Práxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, en el estado de Chihuahua; Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo, en el estado de Coahuila de Zaragoza; Anáhuac, en el estado de Nuevo León; y Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, en el estado de Tamaulipas.

La segunda área de Salarios Mínimos Generales, está integrada por el resto de los municipios del país y las demarcaciones territoriales (alcaldías) de la Ciudad de México que conforman la República Mexicana.

Puntualizó que el salario mínimo general que tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2019 en el área geográfica de la Zona libre de la Frontera Norte será de 176.72 pesos diarios por jornada diaria de trabajo; mientras que el monto del salario mínimo general para el área de Salarios Mínimos Generales será de 102.68 pesos diarios por jornada diaria, serán las que figuren en la Resolución de esta Comisión que serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación, como cantidad mínima que deberán recibir en efectivo los trabajadores.

Además, indicó que los salarios mínimos profesionales que tendrán vigencia a partir del 1 de enero de 2019, para las profesiones, oficios y trabajos especiales, publicadas en la Resolución de 2017 como cantidad mínima que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada diaria de trabajo, serán los que figuran en la presente en su resolutivo cuarto.

En ese sentido, en su resolutivo cuarto presenta las definiciones y descripciones de las actividades, profesiones, oficios y trabajos especiales, y en una tabla registra la cantidad monetaria correspondiente a las dos áreas geográficas y conforme al trabajo o actividad que se desempeñe.

Dinero

EE.UU. impone arancel de 10% a México por política sobre trabajo forzoso

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Estados Unidos anunció una nueva ronda de aranceles para 60 economías, entre ellas México, al que aplicará un gravamen de 10 por ciento por considerar que no prohíbe o no hace cumplir de manera efectiva la importación de bienes elaborados con trabajo forzoso.

La medida fue dada a conocer por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), que explicó que la decisión deriva de una investigación realizada bajo la Sección 301, iniciada el 12 de marzo de 2026 por instrucción del presidente Donald Trump. El proceso incluyó dos rondas de audiencias públicas, consultas con más de 45 gobiernos y el análisis de más de 2 mil 100 comentarios.

México forma parte del grupo de países sujetos a un arancel de 10 por ciento, junto con Argentina, Bangladesh, Camboya, Canadá, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Jordania, Malasia, Pakistán, Sri Lanka, Trinidad y Tobago y el Reino Unido.

De acuerdo con la USTR, esta categoría corresponde a economías que ya cuentan con una prohibición para importar productos elaborados con trabajo forzoso, que asumieron el compromiso de establecerla mediante un Acuerdo sobre Comercio Recíproco o que aplican mecanismos parciales para impedir la entrada de este tipo de mercancías.

La resolución también establece un esquema de tres niveles de sanciones. Para el resto de las economías investigadas se fijó un arancel de 12.5 por ciento, mientras que determinados productos procedentes de la Unión Europea, Taiwán, Japón, Corea del Sur y Suiza enfrentarán tasas de 10 o 12.5 por ciento, descontando la tarifa de Nación Más Favorecida cuando corresponda.

El representante comercial de Estados Unidos, Jamieson Greer, señaló que la decisión responde a la conclusión emitida el pasado 2 de junio, en la que la USTR determinó que las políticas de las 60 economías investigadas obstaculizan o restringen el comercio estadounidense. Agregó que la administración de Donald Trump considera necesario reforzar las medidas contra el trabajo forzoso en las cadenas globales de suministro.

Por su parte, el secretario de Economía, Marcelo Ebrard, afirmó que la resolución no modifica el arancel efectivo que actualmente paga México, ya que más del 80 por ciento de las exportaciones nacionales permanece exento al cumplir con las reglas de origen del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

El funcionario explicó que el gravamen de 10 por ciento para las exportaciones que no cumplen con el T-MEC se mantiene, aunque ahora cambia su fundamento legal al pasar de la Sección 122 a la Sección 301. Añadió que el Gobierno de México continúa las conversaciones con el representante comercial estadounidense para acercar posiciones en materia comercial.

La presidenta Claudia Sheinbaum informó que este jueves sostuvo una reunión con Jamieson Greer en Palacio Nacional, donde ambas partes avanzaron en la revisión del T-MEC y en otros acuerdos bilaterales.

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