Política
¡Puedes llevar tu crayón o marcador para votar!
La decisión del Instituto Federal Electoral (IFE) de distribuir lápices en vez de crayones para marcar las boletas de los próximos comicios generó controversia entre ciudadanos. A diferencia de lo ocurrido en otras elecciones, cuando el IFE repartió crayones, en este proceso entregó lápices en los 300 distritos electorales del país.
En la jornada del domingo, los funcionarios de casilla —ciudadanos sorteados y capacitados para atender las mesas y contar los sufragios— darán esos lápices a los electores cuando acudan a votar.
La medida, sin embargo, causó molestia entre algunos usuarios de redes sociales que consideran que las boletas podrían ser alteradas.
Desde principios de semana, algunos usuarios han difundido videos en los que prueban los lápices. En uno de ellos se observa que el trazo que hacen puede ser borrado, aunque queda una marca en el papel.
Las dudas motivaron la respuesta de consejeros electorales, que aseguran que la decisión de sustituir los crayones se debió a que los lápices son más confiables.
“Los crayones sí tenían alguna deficiencia, en sí, en los lugares con climas cálidos se derretían”, escribió este jueves en su cuenta de Twitter el consejero presidente del IFE, Leonardo Valdés Zurita.
“Es falso que se pueda borrar el voto, si alguien lo intenta por las características de lápiz y la porosidad (del) papel se marca aún más”, señaló en su cuenta el consejero Alfredo Figueroa.
El tema generó el miércoles, cuando terminó el periodo de campañas electorales, un intercambio de tuits entre el IFE y el grupo de activistas digitales Anonymous.
La agrupación cuestionó el uso de lápices en la votación y señaló que el IFE no puede obligar a los ciudadanos a usarlos para votar. A través de su cuenta oficial, el instituto respondió que una persona “puede llevar su propio material para marcar la boleta y será igual de válido”.
El episodio ocurre en el inicio del periodo de tres días conocido como veda electoral, en el que los candidatos y la ciudadanía tienen prohibido hacer proselitismo.
A principios de año, consejeros del IFE consultados por CNNMéxico admitieron que uno de los principales retos de la institución en estas elecciones es recuperar la confianza de los ciudadanos, que resultó afectada por su manejo de los comicios de 2006.
Política
Sancionarán a empresas o dueños del vehículo que transporte más de los permitido
03 de noviembre de 2026. -La sanción aplicará también si la carga supera las dimensiones y capacidad.
El Congreso del Estado, reformó la Ley de Transporte del Estado de Chihuahua, en materia de peso, dimensiones y capacidad de los vehículos de autotransporte; esto luego del dictamen presentados por la Comisión de Obras, Servicios Públicos, y Desarrollo y Movilidad Urbana, a iniciativa de las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
La diputada Joceline Vega Vargas, presidente de la Comisión dictaminadora, expuso que la regulación en comento deberá aplicarse únicamente respecto de aquellos servicios, vehículos, vías y operaciones que se encuentren comprendidos dentro de la competencia normativa del Estado de Chihuahua, sin invadir el régimen jurídico aplicable al autotransporte federal.
“Con esta reforma se evita que la responsabilidad recaiga exclusivamente sobre el transportista cuando el sobrepeso se genera antes de que éste inicie el traslado; ahora se incorpora a: quienes contraten el servicio; propietarios de las instalaciones donde se carga; titulares de esas instalaciones; responsables de esas instalaciones y, además se establece que todos ellos sean “responsables directas y sujetas a sanción” cuando en esas instalaciones se incorpore exceso de peso.
La reforma al artículo 63 de dicha Ley, quedó de la siguiente manera:
Artículo 63. Las personas físicas o morales propietarias y/o titulares de las instalaciones en las cuales se realice la carga en exceso del producto y/o mercancías con fines de transporte por carretera, en vehículo sancionado por la Subsecretaria de Transporte; serán responsables directas y sancionadas por la acción de incorporar mayor peso del permitido según el vehículo de que se trate.
Se procederá a emitir las sanciones correspondientes cuando se detecte una unidad que exceda más de una tonelada, de la cantidad prevista en el Reglamento respectivo.
Lo anterior, con independencia de las sanciones que se haga acreedor el transportista por el traslado de exceso de peso.
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