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Chihuahua

Reapertura del puerto Palomas–Columbus para exportación de ganado será el 26 de octubre

Reapertura del puerto Palomas–Columbus para exportación de ganado será el 26 de octubre

El presidente de la Unión Ganadera Regional de Chihuahua (UGRCH), Álvaro Iván Bustillos Fuentes, anunció que el puerto fronterizo Palomas–Columbus reabrirá el próximo 26 de octubre, permitiendo el cruce de ganado en pie. Se proyecta un flujo inicial de 750 cabezas de ganado, lo que representa un avance significativo para los productores de la región.
Bustillos Fuentes destacó que esta reapertura es fruto de un trabajo coordinado y de las adecuaciones realizadas en los últimos meses para mejorar los procesos sanitarios, operativos y de inspección. La UGRCH ya se encuentra en preparación para atender a los productores que deseen utilizar esta vía de exportación.
“Esta es una gran noticia y un motivo de celebración para todos los ganaderos de Chihuahua. Estamos preparándonos para reabrir este puerto y brindar el servicio que nuestros productores necesitan”, afirmó.
En una primera etapa, se comenzará con el cruce de 750 cabezas de ganado. Bustillos Fuentes hizo un llamado a los productores del Bloque uno, que ya cuentan con animales castrados y probados, para que se acerquen y programen sus turnos.
El líder ganadero también mencionó que están a la espera de la comunicación oficial de las autoridades sanitarias de México y Estados Unidos, específicamente entre SENASICA y el USDA, para confirmar formalmente la reapertura.
“Estamos listos y trabajando para atender a nuestros ganaderos y que puedan retomar la exportación de su ganado”, concluyó.
Además, se informó que en la cuarentenaria Santa Teresa–San Jerónimo se está colaborando con las autoridades para aumentar progresivamente los flujos de ganado cada semana.
Antes del segundo cierre de la frontera, se alcanzó una capacidad de procesamiento de hasta 1,900 cabezas de ganado, lo que demuestra que Chihuahua tiene la infraestructura y capacidad operativa necesarias para satisfacer las demandas del sector.
Bustillos Fuentes subrayó que durante el cierre, la UGRCH aprovechó para fortalecer sus capacidades operativas y ampliar los procesos de preinspección, con el objetivo de establecer operaciones espejo entre esta etapa y la cuarentenaria.
“Esto nos permitirá aumentar de manera importante nuestra capacidad operativa y llevar eventualmente la cuarentenaria hasta un flujo de 2,500 cabezas”, explicó.
Este fortalecimiento busca avanzar de manera gradual y ordenada en la recuperación de los volúmenes de exportación, siempre cumpliendo con los protocolos sanitarios establecidos por las autoridades de ambos países.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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