Chihuahua
Recomendaciones para asistir al Grito de Independencia de forma segura
Con motivo de las celebraciones por el Grito de Independencia, la Coordinación Estatal de Protección Civil (CEPC) emitió recomendaciones dirigidas a la ciudadanía que planea asistir a los eventos en los 67 municipios del estado.
Luis Corral Torresdey, titular de la CEPC, informó que los accesos al recinto de la Plaza del Ángel, en la ciudad de Chihuahua, estarán habilitados desde las 15:00 horas del 15 de septiembre, por lo que se recomienda llegar con tiempo para evitar aglomeraciones.
Se exhorta a portar ropa y calzado cómodos, llevar protector solar, gorra o sombrero, y mantenerse hidratado durante las actividades. En caso de que persista el pronóstico de lluvias, se sugiere llevar impermeables portátiles que puedan guardarse fácilmente.
Además, se solicita evitar traer sombrillas puntiagudas, mochilas voluminosas, objetos punzocortantes, encendedores, cerillos o cualquier artículo que represente un riesgo, así como mantener cargado el teléfono celular y establecer un punto de reunión con familiares o amigos en caso de separación.
La dependencia recuerda que no está permitido acudir con mascotas al evento, con excepción sólo si son de compañía o de apoyo, como en el caso de personas videntes.
Una vez dentro del recinto, es necesario identificar las rutas de evacuación, salidas de emergencia, puestos de información y servicios sanitarios.
Se pide a la población seguir en todo momento las indicaciones del personal de seguridad y de Protección Civil, así como estar atenta a los avisos oficiales emitidos por las autoridades municipales y estatales.
Al final del evento, se recomienda esperar al menos 15 minutos antes de retirarse, con el fin de evitar tumultos y desalojar el área de manera ordenada.
En caso de emergencia, se debe reportar de inmediato a los elementos de seguridad o llamar al teléfono 9-1-1 para recibir atención oportuna.


Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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