Chihuahua
Recomienda Coespris evitar el consumo de productos «frontera» o «milagro»
La Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coespris), recomienda a la población evitar el consumo de productos “milagro”, tras considerar que afectan a la salud de los consumidores, carecen de registro sanitario y representan un fraude económico.
Los productores y comerciantes de productos “frontera” o “milagro”, prometen bajar de peso, tratar enfermedades degenerativas, embellecer, retardar el envejecimiento, mejorar la potencia sexual, corregir pérdida de cabello, reducir y quitar el dolor, etc.
El uso de estos productos puede provocar reacciones adversas y efectos secundarios negativos e irreversibles, tales como el incremento de colesterol y triglicéridos; en casos más severos, daños a la tiroides, aparato digestivo, tromboembolias e infartos.
El mercado más común de éste tipo de productos se encuentran en las redes sociales y el comercio vía internet, aunque con menor frecuencia también se encuentran en tiendas naturistas, sex shop, spas y gimnasios.
Durante los primeros meses del año se incrementa la compra y el consumo de productos y servicios fraudulentos con promociones atractivas que prometen resultados improbables; es recomendable acudir al médico antes de auto medicarse y consumirlos.
Durante 2019, la Coespris efectuó 57 visitas de verificación, donde se lograron aseguramientos en 19 establecimientos, de los cuales 2 ameritaron suspensión temporal de actividades; la totalidad de los productos fueron destruidos en el relleno sanitario por incumplir con los registros sanitarios, estaban caducos e incumplieron con los requisitos de etiquetado o contenían sustancias prohibidas.
Para mayores informes, la Coespris se encuentra ubicada en la Avenida División del Norte No 401, colonia San Felipe; tiene a disposición la línea gratuita, 800 552 50 52, y los teléfonos 614 414 82 – 614 414 82 11. Horario de atención de lunes a viernes de 8:30-14:30 hrs.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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