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Chihuahua

Se posiciona Centro de Conciliación Laboral en 2° lugar nacional por buenas prácticas

-Más de 247 mil personas atendidas y 70 mil convenios celebrados, que generan 4 mil 800 millones de pesos en beneficio de las y los trabajadores

El Centro de Conciliación Laboral del Estado de Chihuahua (CCLCHIH) ha atendido a cerca de 250 mil personas de octubre de 2022 a la fecha, y registra una tasa de conciliación del 88.35 por ciento, con lo que se ubica en el segundo lugar nacional, muy por encima de la media del 76.2 por ciento.

En tres años desde su apertura, ha celebrado alrededor de 70 mil convenios y generado una derrama económica de casi 4 mil 800 millones de pesos en beneficio directo de las y los trabajadores.

En este periodo también se llevó a cabo la ratificación del personal conciliador, lo que representa la renovación del compromiso de garantizar certeza jurídica a las y los chihuahuenses.

Lo anterior, al ofrecer un servicio más calificado y fortalecer la mejora continua, factores que hacen del estado una entidad competitiva y atractiva para la inversión.

Asimismo, el organismo ha capacitado a más de 545 empresas, dirigidas principalmente a personal de recursos humanos y empleadores, para prevenir y resolver conflictos laborales, y ha impulsado la inclusión mediante sesiones en idioma rarámuri y en lengua de señas mexicana.

La cobertura estatal se ha fortalecido con la apertura de módulos de atención virtual en Guachochi, Guerrero, Ojinaga y recientemente en Creel, Bocoyna, además de mantener presencia en sus sedes de Chihuahua, Parral, Delicias, Cuauhtémoc, Ciudad Juárez y Nuevo Casas Grandes.

Esto garantiza que la justicia laboral esté al alcance de las y los trabajadores en todas las regiones estratégicas de la entidad.

El CCLCHIH recuerda a la ciudadanía que sus servicios gratuitos incluyen asesoría laboral, ratificación de convenios y pagos, conciliaciones laborales, audiencias virtuales, entre otros. Para acceder a ellos o conocer más información, se pone a disposición el sitio oficial: www.ccl.chihuahua.gob.mx.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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