Connect with us

Chihuahua

Solicita Corral a AMLO se desista de controversia constitucional promovida por EPN

El gobernador Javier Corral solicitó al presidente Andrés Manuel López Obrador, que su Gobierno se desista ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de la controversia constitucional promovida por su antecesor, en la que se pidió la suspensión de cualquier acto de los poderes del Estado de Chihuahua en contra de funcionarios o exfuncionarios federales, dentro de las investigaciones que realiza por corrupción política y desvío de recursos públicos.

El oficio DE-09/2019, firmado por el mandatario estatal, fue recibido la tarde de este miércoles en Oficialía de Partes del Gobierno de la República y de recibir respuesta positiva, quedará entonces sin efecto la suspensión ordenada por la SCJN, por lo que cada poder del Estado de Chihuahua podrá continuar con sus funciones.

Jorge Espinoza Cortés, consejero jurídico de Gobierno del Estado, explicó que el presidente López Obrador tiene la posibilidad de girar instrucciones a su consejero jurídico Julio Scherer Ibarra para que tramite el desistimiento de la controversia constitucional que, dijo, se trata más bien de un amparo simulado a favor de los ahora exfuncionarios.

“En el documento se le pide al presidente que como Gobierno se desista de aquellos actos que reclaman, porque consideramos que son improcedentes”, agregó.

Recordó que desde su oficina, el 10 de diciembre de 2018 se presentó al consejero jurídico Julio Scherer Ibarra, un primer escrito de solicitud de desistimiento de la citada controversia constitucional, del cual aún se espera respuesta; ahora, la solicitud se realiza directamente por el Gobernador Javier Corral, al Presidente de la República.

“Esperamos que el Presidente realmente cumpla un compromiso en cuanto a retirar esa controversia, que tiene suspendidos los procedimientos en Chihuahua”, reiteró Espinoza Cortés.

El documento firmado por el titular del Ejecutivo, destaca la verdadera pretensión de quienes promovieron dicha controversia constitucional, que es “transfigurar una noble y fundamental institución de nuestra régimen democrático, cuyo fin es la protección del orden constitucional, para convertirla en un FUERO PROTECTOR PERMANENTE para funcionarios federales, que busca la impunidad en el fondo, ABANDONANDO LAS TESIS Y PRINCIPIOS DE LEGALIDAD Y ESTADO DE DERECHO”.

En el documento, el gobernador Javier Corral advierte de una total improcedencia en la intención de la Consejería del Ejecutivo Federal, ya que pretende la parte actora detener y obstaculizar cualquier diligencia ministerial o judicial relacionada con el ejercicio de su encargo, ya que como es sabido, dichos actos son de orden público y de interés social.

Explica además que la pretensión del expresidente Peña Nieto, que se hace extensiva a cualquier servidor público federal para que no pueda ser investigado en algún estado, “es indudablemente la obtención de un fuero permanente disfrazado de controversia constitucional, que raya en la impunidad y que servirá a diversos servidores públicos, para no ser investigados o juzgados bajo ninguna circunstancia, lo que traería como principio abandonar los principios de legalidad y estado de derecho en un régimen democrático”.

La controversia fue presentada por el Gobierno del entonces Presidente Enrique Peña Nieto, a través del titular de la Consejería Jurídica, Misha Leonel Granados Fernández, documento que fue recibido por la SCJN el 9 de octubre de 2018, quien una semana después presentó una ampliación de la demanda inicial, para agregar los conceptos de invalidez.

Ahí solicitó invalidar diversos actos que pudieran ejercer los diferentes poderes del Estado de Chihuahua.

Del Gobernador pidió invalidar su intervención directa o indirecta, actual o inminente en investigaciones, averiguaciones, carpetas de investigación, solicitudes de información, órdenes de investigación y solicitudes de colaboración, que refieran, mencionen o relacionen actuales o anteriores funcionarios públicos federales, que se relacionen directa o indirectamente con el ejercicio de sus funciones.

Además limitan a la Fiscalía General del Estado para que pueda emitir citatorios a funcionarios o exfuncionarios, de órdenes de aprehensión, de detención, de arraigo, así como la comunicación de cualquier tipo que realicen funcionarios de la dependencia.

Del poder Judicial solicitaron invalidar la emisión de citaciones, órdenes de aprehensión, de presentación o arraigo, respecto de actuales o anteriores funcionarios públicos federales, que se relacionen directa o indirectamente con el ejercicio de sus funciones.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

Continue Reading
Advertisement
Advertisement

Más visto